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Lipigas deberá pagar $300 mil a clienta a la que le quitó medidor de gas y dejó sin servicio pese a repactar deuda
Agencia Uno

Lipigas deberá pagar $300 mil a clienta a la que le quitó medidor de gas y dejó sin servicio pese a repactar deuda

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 06.06.2025
La Corte de Iquique condenó a Lipigas a pagar 5 UTM y $300 mil por daño morala clienta, tras retirar sin aviso un medidor de gas en pleno proceso de repactación de deuda. El tribunal concluyó que la empresa actuó sin justificación, vulnerando los derechos de la consumidora.

El 18 de agosto de 2022, una vecina de Iquique se quedó sin servicio de gas luego de que personal de la empresa Lipigas llegara a su domicilio y retirara el medidor sin previo aviso.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, esta medida fue tomada, según la empresa, porque ella había continuado usando el servicio a pesar de que ya se le había suspendido por falta de pago.

Lipigas acusó además que la clienta habría manipulado el medidor, rompiendo sus sellos. Sin embargo, nunca entregó pruebas claras de ello ni acreditó haber informado previamente la decisión de retiro del equipo.

Antes de ese corte total, ambas partes estaban negociando una repactación de la deuda, lo que quedó registrado en documentos presentados por la propia empresa.

Para la Corte de Apelaciones de Iquique, esa negociación hacía aún más injustificado que se procediera al retiro del medidor sin mediar aviso ni comprobar la supuesta manipulación.

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En palabras del tribunal: “si estaba ofreciendo un plan de pago de la deuda no se divisa alguna razón o motivo para disponer el inmediato retiro del medidor”.

El fallo también cuestionó que la única evidencia presentada por la empresa fueran fotografías del retiro, sin respaldo de registros previos de los sellos supuestamente rotos.

“Llama la atención que antes de un mes de suspendido el servicio, se ordenara el retiro del medidor sin constatar previamente esa rotura de sellos”, concluyó la Corte.

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La Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Pedro Güiza Gutiérrez, Marilyn Fredes Araya y Andrés Provoste Valenzuela, revocó así la sentencia del Tercer Juzgado de Policía Local de Iquique, que inicialmente había rechazado la querella.

La Corte condenó a Empresas Lipigas S.A. al pago de una multa de 5 UTM por infringir la Ley del Consumidor, y ordenó, además, pagar $300.000 por concepto de daño moral a la afectada.

El tribunal consideró probado que la mujer sufrió un menoscabo emocional al verse privada del servicio de gas sin explicaciones claras y al tener que acudir a los tribunales para obtener una solución.

También se ordenó reponer el servicio en un plazo máximo de 10 días desde que el fallo quede ejecutoriado.

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