Tribunal colombiano reconoce a perrita miembro de una familia y reguló régimen de visitas
El Tribunal Superior de Bogotá (Colombia) determinó que las mascotas deben ser consideradas como miembros de la familia, pues los vínculos recíprocos que generan con sus dueños imponen derechos y obligaciones.
Además, añadieron que estos temas de fondo deben ser resuelto por los tribunales de familia.
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¿Cuál es el origen del caso?
Esta determinación tiene su origen en en una demanda de un hombre en contra de su excónyuge para regular las visitas a su perra de nombre “Simona”, a quien consideraba su “hija perruna”.
El hombre argumentó que el animal era parte importante de su núcleo familiar, por lo que su ausencia lo había afectado emocionalmente tras el quiebre de la relación con su exesposa.
Además, mencionó que su prioridad era establecer un régimen de visitas ya que la perra era un ser sintiente que necesitaba estar en contacto con sus dueños.
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¿Qué determinó el tribunal?
Tribunal Superior de Bogotá estableció que "no cabe duda de que Simona es un animal respecto de quien existen deberes de protección especial en el sistema colombiano, cuyo bienestar debe cumplir con un estándar mínimo. Por lo tanto, el juzgado que sea competente deberá ponderar entre el derecho a la propiedad y el mejor interés del animal. En el presente caso, es necesario recalcar que el demandante considera a Simona como su hija, y que Simona también ha tenido una reacción por la separación”.
Además, añaden que no se ha equiparado a los otros animales con los seres humanos. Por el contrario, estamos reconociendo que, en la sociedad actual, ciertos animales se han integrado a las familias y, en aquellos casos en los que se generan vínculos mutuos, es posible reconocer determinados deberes y obligaciones que conllevarían a algunos mandatos en favor de los animales”.