sábado 10 de octubre de 2026
Judicial

Despidió a trabajadores con cotizaciones impagas: Deberá seguir pagando sueldos hasta saldar deuda previsional

El Juzgado de Letras del Trabajo de La Ligua declaró injustificados los despidos y ordenó pagar indemnizaciones, cotizaciones y remuneraciones.

10 de octubre de 2026 - 19:00

Tres trabajadores de un restaurante de Zapallar fueron despedidos a fines de octubre de 2025, luego de que la empresa comunicara el cierre de sus actividades. El Juzgado de Letras del Trabajo de La Ligua concluyó que los despidos fueron improcedentes y ordenó el pago de indemnizaciones, cotizaciones previsionales y, para dos de ellos, remuneraciones posteriores al término laboral.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso involucró a un jefe de cocina que trabajaba desde diciembre de 2019, una trabajadora que comenzó en mayo de 2022 y se desempeñó primero como copera y luego como cocinera, y un cocinero que ingresó en diciembre de 2024. Los dos últimos mantuvieron durante parte o toda su relación laboral una situación de informalidad.

La empresa justificó las desvinculaciones por “necesidades de la empresa debido al cierre de actividades”. Sin embargo, la jueza titular Jeannette A. Roco Ramírez determinó que esa explicación era insuficiente, pues la comunicación no detallaba razones económicas, comerciales u otros antecedentes concretos que permitieran justificar el cierre.

¿Qué decidió el Juzgado de Letras del Trabajo?

El tribunal señaló que la referencia al cierre era “genérica y ambigua” y que no indicaba “razones económicas o de mercado que lo justifiquen, fecha y forma en que se verificará”.

Por ello, concluyó que la empresa no acreditó la causal invocada y declaró improcedentes los tres despidos.

Además, el Juzgado estableció que Casa Dos Salmones SpA y su representante y única accionista constituían un solo empleador.

Entre los antecedentes considerados estuvo que ella impartía instrucciones, definía horarios y turnos, autorizaba permisos, decidía contrataciones y desvinculaciones, y los sueldos eran transferidos indistintamente desde cuentas de la sociedad y personales. Ambas deberán responder solidariamente.

Para el jefe de cocina se ordenó pagar $13.212.762 por años de servicio y $3.936.829 de recargo legal. Además, debido a la nulidad del despido, deberá recibir remuneraciones de $2.212.127 mensuales desde el 31 de octubre de 2025 hasta que se paguen las cotizaciones morosas y se convalide la desvinculación.

A la cocinera se le concedieron $2.437.500 por años de servicio, $731.250 de recargo y $1.452.344 por feriados. También deberá recibir $812.500 mensuales hasta que se regularicen las imposiciones y se convalide su despido.

Para el tercer trabajador, cuya nulidad del despido fue rechazada, se ordenó pagar $812.500 por falta de aviso previo y todas las cotizaciones adeudadas. Las demandadas también deberán pagar $3 millones en costas.

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