Crimen de Ámbar: Corte Suprema rebaja pena por abuso sexual para Hugo Bustamante
La Corte Suprema dio a conocer su decisión en torno al recurso de nulidad presentado por la defensa de Hugo Bustamante y Denisse Llanos, condenamos por el asesinato de la menor de edad, Ámbar Cornejo, rebajando la pena a la expareja de la madre de la adolescente.
El caso que conmocionó al país se remonta a agosto del año 2020, cuando se encontró el cadáver de la menor, tras una desesperada búsqueda en Villa Alemana. Ámbar tenía 16 años cuando fue abusada sexualmente y asesinada en Villa Alemana por Hugo Bustamante, pareja de su madre, Denisse Llanos.
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El sujeto estaba en libertad condicional tras otro macabro crimen de notoriedad pública cuando asesinó a la adolescente. En 2005 había sido condenado a 27 años de presidio por el homicidio de su pareja y su hijo de nueve años. Pero solo cumplió 11 en la cárcel.
Tras el juicio, Bustamante fue condenado a cadena perpetua calificada. Además, se le otorgaron 10 años de cárcel por el delito de estupro, siete años por abuso sexual a mayor de 14 años y, 10 años por ser autor de corrupción de menores.
Denisse Llanos, en tanto, fue declarada culpable como autora del delito de violación con homicidio prescrito en perjuicio de su hija.
Recurso de nulidad
Tras varios meses, este jueves, la Corte Suprema revisó y rechazó el recurso de nulidad presentado por Llanos, pero acogió en parte el de Bustamante, rebajando la condena de Bustamante, de cinco a siete años, por la por abuso sexual con circunstancias de estupro en contra de una segunda víctima.
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"El día de hoy, la Corte Suprema ha comunicado a los intervinientes el fallo sobre los recursos de nulidad que presentaron tanto en la defensa de Denisse Llanos como de Hugo Bustamante, desestimando el primero de manera total, en el entendido que no se configuraba ninguno de los vicios alegaba la defensa en su escrito", dijo a la prensa Daniel Polanco, Asesor de la Fiscalía Regional de Valparaíso.
"En lo que dice relación al acusado Bustamante, sólo acogió la última de las causales subsidiarias, por las cuales se generó en la práctica una disminución de dos años, de siete años de privación de libertad a cinco años, por estimar la corte que existió una errónea aplicación del derecho en uno de los delitos de carácter sexual que afectaba a la otra víctima que no es Ámbar Cornejo", agrega.
El resto de las penas, esto es presidio perpetuo calificado por la violación y crimen de Ámbar, se mantienen tal cual fueron decretadas el pasado 7 de diciembre del 2021.