martes 28 de julio de 2026
Judicial

Traslado de paciente atropellado al hospital demoró más de 2 horas: Servicio de Salud deberá pagar $90 millones a esposa e hijos

Corte de Apelaciones de Rancagua ordenó pagar $90 millones a la familia de un paciente al concluir que fallas médicas redujeron sus opciones de sobrevivir.

28 de julio de 2026 - 17:00

Una persona que fue atropellada en marzo de 2017 permaneció más de dos horas sin recibir la atención especializada que requería antes de llegar al Hospital Regional de Rancagua. Ahora, la Corte de Apelaciones de Rancagua concluyó que las graves fallas en la atención redujeron sus posibilidades de sobrevivir y ordenó indemnizar a su familia.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el accidente ocurrió cerca de las 20:20 horas del 23 de marzo de 2017. Tras el atropello, acudieron dos ambulancias de la red asistencial del Servicio de Salud O'Higgins, pero ambas presentaban importantes deficiencias.

Más de 2 horas de traslado

Una de ellas no tenía oxígeno, equipamiento para atender traumatismos y, durante el traslado, incluso sufrió fallas eléctricas. Pese a que el paciente presentaba un cuadro grave de politraumatismo, fue llevado primero al Cesfam de Requínoa, un establecimiento sin capacidad para resolver este tipo de emergencias.

Según estableció el tribunal de alzada, tampoco se solicitó una ambulancia avanzada ni se coordinó su traslado directo a un hospital de alta complejidad.

Además, el paciente fue clasificado con una categoría de urgencia inferior a la que correspondía, lo que provocó nuevas demoras. Cuando finalmente ingresó al Hospital Regional de Rancagua, habían transcurrido más de dos horas desde el accidente.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La demanda por falta de servicio fue rechazada inicialmente por el Primer Juzgado Civil de Rancagua. Sin embargo, la familia apeló y la Corte de Apelaciones revocó esa decisión tras concluir que el Servicio de Salud O'Higgins actuó de manera deficiente, con ambulancias sin el equipamiento necesario, ausencia de protocolos adecuados, retrasos en la atención y falta de coordinación entre los distintos niveles asistenciales.

Los ministros estimaron que no era posible afirmar con certeza que una atención adecuada hubiera evitado el fallecimiento, pero sí que las irregularidades privaron al paciente de una oportunidad real de sobrevivir.

En el fallo se indica que la responsabilidad del servicio no exige acreditar que la víctima habría vivido, sino demostrar que el funcionamiento tardío y defectuoso disminuyó significativamente sus posibilidades de sobrevida.

Por ello, la Corte de Apelaciones acogió la demanda y condenó al Servicio de Salud del Libertador General Bernardo O'Higgins a pagar una indemnización de $30 millones a la cónyuge de la víctima y $20 millones a cada uno de sus tres hijos, sumando un total de $90 millones por concepto de daño moral derivado de la pérdida de esa oportunidad de supervivencia.

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