lunes 15 de junio de 2026
Judicial

Trabajadora con Long COVID acusó suspensión de atenciones médicas: Corte ordenó restablecer tratamiento

La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó restituir prestaciones médicas a trabajadora con enfermedad laboral derivada del Long COVID.

15 de junio de 2026 - 14:15

Una trabajadora afectada por secuelas asociadas al Long COVID acudió a la Corte de Apelaciones de Concepción tras denunciar que se suspendieron y restringieron diversas prestaciones médicas vinculadas a su enfermedad profesional. El tribunal concluyó que las medidas adoptadas por los organismos recurridos fueron arbitrarias e ilegales y ordenó restablecer la atención correspondiente.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, ña acción fue presentada contra el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) y la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), luego de que la paciente acusara la cancelación de controles, procedimientos y exámenes en especialidades como cardiología, neurología, broncopulmonar, gastroenterología, endocrinología y medicina interna.

Según expuso, las atenciones quedaron limitadas a psiquiatría y fisiatría, sin que existiera un acto administrativo formal que explicara los cambios en la cobertura de sus tratamientos.

Durante el proceso, la ACHS sostuvo que las decisiones sobre las prestaciones eran definidas por el ISL. Este organismo, por su parte, argumentó que algunas patologías reclamadas no correspondían a enfermedades laborales cubiertas por el seguro de la Ley 16.744.

Sin embargo, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) determinó que varias afecciones de la trabajadora sí debían ser consideradas parte de la enfermedad profesional derivada del síndrome post COVID.

Entre ellas identificó el síndrome de fatiga crónica, la polineuropatía periférica compleja, la disautonomía y el deterioro cognitivo leve.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, integrada por los ministros Rodrigo Cerda San Martín, Ricardo Riquelme Carpenter y la abogada integrante Laura Silva Uribe, concluyó que existieron cambios en los tratamientos y coberturas que fueron comunicados de manera deficiente a la paciente.

“Frente a las diferencias existentes acerca de la forma de asumir los tratamientos de la recurrente, derivados de la enfermedad laboral declarada, y la deficiente forma de comunicar a esta los cambios que se han realizado en sus coberturas, el actuar del ISL y la ACHS resultan arbitrarios”, señala el fallo.

Por ello, el tribunal acogió el recurso y ordenó a ambos organismos otorgar las atenciones, exámenes y acciones necesarias para el adecuado tratamiento de la enfermedad laboral, de forma oportuna, con un trato digno e informado y ajustándose estrictamente a lo instruido previamente por la Suseso.

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