martes 30 de junio de 2026
Judicial

Salcobrand despidió a trabajador por necesidades de la empresa mientras buscaba el mismo cargo: Deberán pagarle $13,5 millones

Corte Suprema dejó firme la condena contra Salcobrand, que deberá pagar más de $13,4 millones a un químico farmacéutico por despido improcedente.

30 de junio de 2026 - 17:00

El Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco declaró improcedente el despido de un químico farmacéutico de Salcobrand y ordenó el pago de $13.492.272 por indemnizaciones y prestaciones laborales. La decisión fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Temuco y ahora quedó firme luego de que la Corte Suprema rechazara el último recurso presentado por la empresa.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el trabajador se desempeñó durante 19 años como jefe de local y químico farmacéutico en una sucursal de la cadena en Temuco.

Su contrato terminó el 30 de septiembre de 2024, luego de que la empresa invocara la causal de necesidades de la empresa, argumentando una reestructuración interna y una disminución en la rentabilidad del local.

Sin embargo, durante el juicio sostuvo que esas razones no eran efectivas. Explicó que el establecimiento continuó operando con normalidad, que por ley debía mantener un químico farmacéutico a cargo y que, tras su salida, Salcobrand publicó ofertas para contratar profesionales en el mismo cargo tanto en Temuco como en otras ciudades.

También afirmó que la empresa tenía la posibilidad de reubicarlo, como había ocurrido anteriormente con otros trabajadores.

¿Qué decidió el Juzgado de Letras del Trabajo?

La jueza Marta Paola Álvarez Basaez concluyó que la empresa no logró acreditar una situación económica que justificara el despido. Además, estimó que la prueba aportada por la demandada no demostraba la existencia de una crisis que hiciera indispensable poner término al contrato, mientras que los antecedentes presentados por el trabajador contradecían la causal invocada.

Por ello, el tribunal acogió la demanda y condenó a Salcobrand a pagar $13.492.272, monto que incluye el recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio, diferencias en las indemnizaciones, la devolución del descuento aplicado al seguro de cesantía y diferencias por feriado legal y proporcional, además de reajustes, intereses y costas.

La sentencia fue confirmada posteriormente por la Corte de Apelaciones de Temuco, que rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la empresa y mantuvo íntegramente el fallo de primera instancia.

¿Qué decidió la Corte Suprema?

Como última gestión judicial, Salcobrand recurrió ante la Corte Suprema mediante un recurso de unificación de jurisprudencia, buscando dejar sin efecto la condena en costas.

Sin embargo, la Cuarta Sala del máximo tribunal, integrada por el ministro Ricardo Blanco, las ministras Jessica González y Sylvia Pizarro, y las abogadas integrantes Leonor Etcheberry e Irene Rojas, declaró inadmisible la acción.

La Corte sostuvo que la condena en costas no constituye una materia que permita interponer este tipo de recurso, por lo que dejó firme la sentencia dictada por las instancias anteriores.

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