sábado 03 de octubre de 2026
Judicial

Padre pidió dejar de pagar pensión de alimentos a hijo de 22 años que trabaja y no estudia: Juzgado acogió la demanda

La pensión de alimentos terminó luego de que el tribunal acreditara que el hijo de 22 años dejó de estudiar, trabaja y puede mantenerse por sí mismo.

3 de octubre de 2026 - 14:00

Un padre pidió terminar la pensión de alimentos que pagaba a su hijo de 22 años, argumentando que ya no estudiaba, tenía trabajo remunerado y podía mantenerse por sí mismo. El Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir acogió la demanda tras comprobar que el joven efectivamente había dejado sus estudios y recibía ingresos laborales.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la pensión había sido fijada mediante un acuerdo aprobado judicialmente el 24 de octubre de 2012.

El padre debía pagar $95.000 mensuales, reajustables semestralmente según el IPC, mediante descuento directo de su remuneración.

Además, el acuerdo establecía que debía incorporar a su hijo como carga de salud. Los antecedentes del nuevo juicio demostraron que la pensión se encontraba vigente y que era descontada del sueldo del alimentante, sin que existieran antecedentes de incumplimiento.

Años después, el padre acudió nuevamente al Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir solicitando el cese de la obligación. Afirmó que su hijo, actualmente de 22 años, llevaba más de seis meses trabajando, tenía ingresos propios, se había independizado y ya no estaba estudiando.

Durante el juicio, el demandado no compareció. Entre los antecedentes revisados estuvieron certificados de afiliación y cotizaciones, información de Mercado Libre, antecedentes del Servicio de Impuestos Internos, un informe de la Comisión para el Mercado Financiero y datos del Centro de Formación Técnica de Magallanes.

Este último establecimiento informó que el joven se había matriculado durante 2025, pero no volvió a hacerlo para el período correspondiente a 2026.

El tribunal también comprobó mediante sus antecedentes previsionales que generaba ingresos producto de un contrato de trabajo. A ello agregó que no existía evidencia de alguna incapacidad u otra circunstancia que le impidiera mantenerse por sí mismo.

¿En qué quedó la pensión de alimentos?

Con esos antecedentes, el juez Pablo A. Aceituno Romero determinó que correspondía terminar la obligación alimenticia y acogió la demanda presentada por el padre. El cese comenzará a regir una vez que la sentencia quede ejecutoriada.

El fallo no condenó al hijo al pago de las costas del juicio debido a que el proceso fue resuelto en su rebeldía.

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