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Judicial

Le descontaron $123 mil de sueldo mientras ya cobraban misma deuda en tribunales: Corte ordena devolver dinero por doble cobro

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó frenar los descuentos por crédito social y restituir lo retenido tras iniciar cobro en el 2° Juzgado de Talagante.

Por Horacio Gutiérrez Areyte 14 de abril de 2026 - 14:15

Al revisar su liquidación de sueldo de octubre de 2025, un trabajador detectó que le habían descontado $123.387 por un crédito social, pese a que la deuda ya estaba siendo cobrada en tribunales. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso y ordenó devolver el dinero.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso se originó cuando el afectado, empleado desde agosto de 2025, advirtió que la Caja de Compensación Los Andes había retenido parte de su remuneración mensual.

El descuento correspondía a un crédito social suscrito en 2023 por más de $9 millones, el cual se encontraba en mora.

Sin embargo, días antes de ese descuento, la misma entidad había iniciado un juicio ejecutivo ante el 2° Juzgado de Letras de Talagante, solicitando incluso el embargo de un vehículo del deudor.

Pese a haber optado por esa vía judicial, igualmente aplicó el cobro directo mediante descuento por planilla.

La defensa del trabajador sostuvo que esta situación constituía un doble cobro, al utilizarse simultáneamente la vía judicial y el descuento automático de remuneraciones.

En tanto, la Caja argumentó que la ley le permite descontar estos montos y que no existía irregularidad, ya que los pagos se considerarían posteriormente en el juicio.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

Al analizar el caso, la Corte estableció que, si bien la normativa autoriza el descuento por planilla, esa facultad tiene límites. En particular, indicó que “al haber optado la recurrida por la vía jurisdiccional (…) la utilización simultánea del mecanismo de descuento administrativo (…) constituye una modalidad de autotutela proscrita”.

El fallo también concluyó que esta práctica generaba una “doble vía de cobro que deviene en ilegal”, afectando directamente el derecho de propiedad sobre las remuneraciones del trabajador.

Por ello, el tribunal ordenó a la Caja cesar de inmediato los descuentos vinculados a ese crédito y restituir la suma de $123.387, además de cualquier otro monto descontado por el mismo concepto, dentro de cinco días desde que la sentencia quede firme.

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