Una mujer de 67 años murió tras acudir dos veces en un día al Hospital San José de Coronel por intensos dolores y dificultad respiratoria. El Primer Juzgado Civil de Concepción concluyó que no recibió atención oportuna ni adecuada en urgencias, configurándose una falta de servicio del sistema de salud.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la jornada comenzó el 13 de diciembre de 2023, cuando la paciente asistió a un control cardiovascular.
Pese a advertir que se sentía mal, con dolor y problemas para respirar, solo se le administró diclofenaco y fue enviada a su casa.
Ese mismo día, en la noche, su estado empeoró: ya no podía movilizarse sola y debió ingresar en silla de ruedas al servicio de urgencia.
Categorizada de baja gravedad
Al llegar, fue categorizada como un caso de baja gravedad, lo que implicó que quedara esperando atención.
Según el registro clínico, no se le tomaron todos los signos vitales ni se evaluó adecuadamente su dolor, pese a que presentaba síntomas evidentes de deterioro. Pasó más de una hora sin atención médica, mientras su condición seguía agravándose.
Recién cerca de la medianoche fue examinada por una doctora, quien constató un cuadro complejo: hipotensión, deshidratación y mala perfusión.
A pesar de ello, la paciente permaneció sin monitoreo continuo ni supervisión directa. Minutos después, su acompañante alertó que había dejado de respirar.
El personal inició maniobras de reanimación, pero estas no lograron revertir el paro cardiorrespiratorio, constatándose su fallecimiento a la 01:02 horas.
¿Qué decidió el tribunal?
El tribunal determinó que existieron múltiples fallas en la atención. Entre ellas, una categorización incorrecta en urgencias, la omisión de controles esenciales y la falta de consideración de antecedentes médicos relevantes, como sus enfermedades crónicas y exámenes previos alterados.
Además, se estableció que los resultados de laboratorio, que evidenciaban un deterioro severo, no fueron analizados a tiempo.
En la sentencia, el juez Denis Rodrigo Oyarce Orrego sostuvo que el hospital “fue incapaz de proporcionarle a la paciente una atención categorizada y oportuna”, pese a los antecedentes disponibles que advertían un riesgo vital.
También indicó que la atención se abordó como un caso común, cuando en realidad requería una respuesta inmediata.
El fallo concluye que la demora en la atención y la falta de medidas adecuadas influyeron directamente en el desenlace fatal, estableciendo la responsabilidad del Servicio de Salud Concepción.
Por ello, el tribunal acogió parcialmente la demanda y ordenó el pago de una indemnización total de $90 millones por daño moral: $30 millones para el cónyuge y $20 millones para cada uno de los tres hijos. Además, se dispuso que los montos sean reajustados según IPC y con intereses desde que la sentencia quede firme.