jueves 22 de octubre de 2026
Política

Gobierno también rebajó condenas a presos de Punta Peuco: se suman a 56 casos por delitos sexuales

El Ministerio de Justicia otorgó otros tres beneficios por delitos graves: dos a condenados recluidos en Punta Peuco y uno a otra persona privada de libertad.

22 de octubre de 2026 - 14:41

Otros tres decretos exentos beneficiaron a condenados por delitos graves, incluidos el secuestro calificado y la tortura. Dos de ellos corresponden a internos de Punta Peuco, según una investigación publicada por El Mostrador este jueves.

De acuerdo con ese reportaje, uno de los beneficios concedidos a internos del recinto penal ubicado en Tiltil corresponde a una persona condenada por secuestro calificado, mientras que el otro favoreció a un condenado por tortura. El tercer decreto identificado corresponde a una persona que no estaría recluida en ese establecimiento.

Los nuevos antecedentes amplían la controversia en torno a las decisiones del Ministerio de Justicia, encabezado por Fernando Rabat, y al criterio jurídico utilizado para conceder las reducciones de condena.

Los 56 decretos por delitos sexuales

La controversia comenzó tras conocerse que, entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre de 2026, el Ministerio de Justicia dictó 56 decretos de reducción de condena por delitos sexuales: 27 asociados a abuso sexual y 29 a violación. Según los antecedentes publicados, durante ese período solo se rechazó una solicitud.

Las reducciones fueron concedidas por vía administrativa, en el marco del procedimiento establecido para este beneficio. La discusión se centra en la aplicación de las restricciones legales a condenados por determinados delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes, incorporadas mediante una reforma publicada en febrero de 2022.

Rabat defendió las decisiones al señalar que el ministerio recogió la doctrina de la Corte Suprema en recursos de amparo. Sin embargo, el debate jurídico incluye la existencia de resoluciones judiciales con resultados distintos en casos similares.

La advertencia de Jaime Gajardo sobre los beneficios penitenciarios

El exministro de Justicia Jaime Gajardo advirtió sobre el eventual alcance del criterio utilizado por la actual administración. En conversación con Radio Infinita, sostuvo que la interpretación podría afectar a otros beneficios penitenciarios.

"Todos los beneficios penitenciarios, todos", afirmó Gajardo. También explicó que, durante su gestión, el ministerio revisaba las sentencias y elaboraba informes con argumentos doctrinarios y jurisprudenciales para defender su interpretación ante los tribunales.

La advertencia se relaciona con la discusión sobre la forma en que las resoluciones judiciales deben incidir en las decisiones administrativas del Ministerio de Justicia, especialmente cuando se trata de beneficios regulados por ley.

Qué establece la legislación sobre la reducción de condenas

La Ley 19.856 establece un mecanismo de reducción del tiempo de condena para personas privadas de libertad que cumplen los requisitos legales asociados a un comportamiento sobresaliente. Como regla general, contempla dos meses de rebaja por cada año de cumplimiento y, bajo las condiciones previstas en la norma, tres meses por año desde la mitad de la condena.

La Ley 21.421, publicada en febrero de 2022, modificó ese régimen e incorporó exclusiones para personas condenadas por determinados delitos cometidos contra niños, niñas y adolescentes. La legislación ha tenido modificaciones posteriores, por lo que el análisis de cada caso requiere considerar la norma aplicable y las circunstancias de la condena.

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