Trabajador sufrió descuentos mensuales de $20 mil por crédito de hace 20 años: Corte ordena cesar descuentos y reembolsar dinero
Un guardia de seguridad recurrió a la justicia luego de que, en septiembre y octubre de 2025, comenzaran a aplicarse descuentos mensuales en su remuneración por un crédito social suscrito hace más de 20 años, cuando actuó como aval.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el préstamo, otorgado en noviembre de 2004 por un monto de $295.801, contemplaba 18 cuotas de poco más de $20 mil, de las cuales solo se pagó una.
Tras perder su empleo, tanto el deudor principal como el aval dejaron de pagar, y durante años no se realizó ninguna gestión de cobro.
Pese a ese largo período sin movimientos, la Caja de Compensación La Araucana ordenó retomar el cobro vía descuentos por planilla, amparándose en la normativa especial que regula este tipo de créditos.
El trabajador alegó que la deuda se encontraba prescrita y que la medida afectaba directamente su derecho de propiedad sobre el sueldo, por lo que presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valdivia.
En su fallo la Segunda Sala del tribunal acogió la acción constitucional.
La Corte sostuvo que, si bien la ley permite a las cajas de compensación descontar cuotas desde las remuneraciones, esa facultad debe ejercerse de manera oportuna.
Reactivar el cobro de un crédito originado en 2004, sin gestiones previas durante más de dos décadas, fue calificado como un actuar arbitrario.
El fallo señaló que este mecanismo especial no puede transformarse en una forma de autotutela, y que cualquier discusión sobre la vigencia de la deuda debe resolverse en sede judicial.
Por ello, ordenó a la caja abstenerse de seguir descontando cuotas del sueldo del trabajador y disponer la devolución de todos los montos ya descontados desde septiembre de 2025 en adelante, sin perjuicio de que la entidad pueda intentar el cobro por las vías legales ordinarias.