Creó empresa con su esposa para captar al principal cliente de su anterior trabajo: Deberá pagar $2.136 millones a exempleador
Durante varios años, un trabajador de la empresa Novasis SA, dedicada al mantenimiento de sistemas y consultoría informática, mantuvo una posición de confianza que le permitía acceder a información clave sobre los clientes de la compañía.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, entre ellos, uno de los más importantes era la isapre Consalud, cuyas contrataciones representaban una parte significativa de los ingresos de la firma.
Sin embargo, tras su salida de la empresa, el extrabajador, junto a su cónyuge, constituyó una nueva sociedad llamada Servicios de Gestión Fiusoft SpA, dedicada al mismo rubro.
Pocos meses después, esta nueva empresa comenzó a prestar servicios directamente a Consalud, cliente que hasta entonces había sido exclusivo de Novasis.
El descubrimiento del vínculo entre Fiusoft y el antiguo empleado provocó que Novasis iniciara una demanda civil por indemnización de perjuicios, argumentando que el extrabajador había utilizado su cargo para desviar negocios, aprovechando información privilegiada obtenida durante su relación laboral.
La compañía sostuvo que tanto él como su cónyuge actuaron de forma concertada para beneficiarse indebidamente y generar un daño económico directo a la firma, utilizando su experiencia y contactos comerciales para replicar los mismos servicios tecnológicos bajo otra razón social.
El Segundo Juzgado de Letras de Talagante, a cargo del juez Gerardo Mena Edwards, dio la razón en gran parte a la empresa demandante.
En el fallo se estableció que los demandados incurrieron en un actuar ilícito al crear una sociedad del mismo giro y captar a un cliente clave de Novasis, afectando gravemente su patrimonio.
“Es posible concluir que la constitución de Fiusoft SpA, es condición necesaria y directa de los perjuicios que debió soportar Novasis”, indicó la sentencia.
El tribunal consideró acreditado que la nueva empresa fue creada “única y exclusivamente para captar la contratación de servicios por parte de la isapre Consalud”, y que los demandados no lograron demostrar la existencia de otros clientes o actividades que justificaran su operación.
Por ello, el juez concluyó que se configuraron los requisitos de la responsabilidad civil extracontractual conforme a los artículos 2314, 2317 y 2329 del Código Civil.
En consecuencia, el fallo ordenó condenar solidariamente al extrabajador, su cónyuge y la sociedad Servicios de Gestión Fiusoft SpA al pago de $2.136.158.402 por concepto de daño emergente, monto que deberá pagarse con los intereses corrientes desde que la sentencia quede ejecutoriada hasta su total cumplimiento.
El juez Mena Edwards subrayó que el proceso “da suficiente cuenta de la concurrencia de los presupuestos requeridos para configurar la responsabilidad civil”, y que el actuar concertado entre los demandados generó un perjuicio real y directo a la empresa Novasis.