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Estudiante con diabetes necesitaba ayuda para inyectarse insulina y colegio no accedió: Suprema ordenó apoyo médico
Agencia Uno (Referencial)

Estudiante con diabetes necesitaba ayuda para inyectarse insulina y colegio no accedió: Suprema ordenó apoyo médico

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 18.06.2025
La Corte Suprema confirmó que el Liceo Bicentenario de las Artes Eliseo Videla Jorquera debe disponer, a su costo, de personal capacitado para asistir a niño con diabetes tipo I. La negativa del establecimiento fue considerada una omisión ilegal y arbitraria.

Un niño de 10 años con diabetes tipo I asiste diariamente al Liceo Bicentenario de las Artes Eliseo Videla Jorquera de Ovalle.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, debido a que aún no puede inyectarse insulina por sí solo, su madre debe acompañarlo durante toda la jornada escolar para administrarle el tratamiento que necesita cinco veces al día.

Esta situación ha afectado profundamente su vida laboral y personal. A pesar de solicitar al colegio algún tipo de apoyo, la única respuesta fue permitirle quedarse en una sala del establecimiento.

Incluso cuando la doctora tratante ofreció capacitar gratuitamente a un funcionario para actuar en caso de emergencia, el director se negó rotundamente.

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Frente a esta negativa, la madre interpuso un recurso de protección contra la Municipalidad de Ovalle, sostenedora del colegio, acusando una omisión ilegal y arbitraria que vulnera los derechos fundamentales del niño a la salud, la integridad física y la inclusión escolar.

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso, desestimando los argumentos formales del municipio, como supuestas fallas en la redacción del libelo o una presentación fuera de plazo.

Según los ministros Felipe Pulgar Bravo, Gloria Negroni Vera y el abogado integrante Jaime Camus Del Valle, se trata de una situación continua y vigente que afecta directamente el bienestar del menor.

No garantizar la asistencia de salud oportuna durante su permanencia en el colegio constituye un atentado en contra de su salud e integridad física y emocional”, concluyó el fallo.

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El tribunal recordó que la normativa educacional obliga a los establecimientos a otorgar apoyos necesarios cuando existe una condición médica diagnosticada y respaldada por un especialista.

La inclusión se logra si el mismo tiene a su disposición la oportuna aplicación de su medicamento por parte de un adulto responsable puesto a disposición por parte del establecimiento educacional y bajo la aquiescencia del apoderado respectivo”, se lee en la resolución.

Por ello, se ordenó que el colegio disponga de forma inmediata y a su cargo personal capacitado para administrar medicamentos y brindar primeros auxilios durante toda la jornada.

Esta decisión fue confirmada por la Corte Suprema, con los votos de las ministras Adelita Ravanales, Jessica González, el ministro Jean Pierre Matus y los abogados integrantes María Angélica Benavides y José Miguel Valdivia.

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