
Hasta 300 alcaldes arriesgan multa por no presentar planes de acción climática dentro de plazo que acaba de vencer
En 2022 el gobierno de Gabriel Boric promulgó la Ley Marco sobre Cambio Climático, que establece medidas para reducir el aporte de Chile al calentamiento global y para que las personas del país se adapten a los embates de la crisis climática.
A tres años de promulgada la ley, acaba de vencer un plazo clave para su implementación: cada comuna debía presentar un Plan de Acción Comunal para el Cambio Climático, con medidas para resguardar a los habitantes y reducir las emisiones contaminantes. Vencido el plazo, 90% de las comunas no cuentan con plan aprobado y los alcaldes arriesgan multas correspondientes a un sueldo mensual completo.
Así lo develan las cifras recopiladas por la fundación Uno Cinco: a marzo de este año, solo 22 de los 345 municipios del país contaban con plan de acción climática, y 107 ni siquiera han avanzado en la creación del plan.
El problema detrás de este incumplimiento sería la falta de recursos para abordar el desafío, como alertan tanto desde Uno Cinco como desde el Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia (CR2).
“El diagnóstico que hay es que es una carga pesada para las comunas, porque no tienen ni los recursos ni las personas para poder enfrentar este desafío y hacerse cargo de la acción en sus comunas”, reflexiona Cecilia Ibarra, investigadora del CR2.
La ley también exige Planes de acción climática a escala regional. Según los cálculos de Uno Cinco, solo 6 de las 16 regiones contaban a marzo de este año con un plan aprobado y publicado en el Diario Oficial.
“Urge un trabajo conjunto entre municipios, ciudadanía, Estado, gobiernos regionales y Congreso. Solo si estas cuatro líneas de acción avanzan de forma coordinada podremos evitar que las comunas tengan que enfrentar riesgos climáticos cuando ya sea demasiado tarde." Declara al respecto Gustavo Orrego, Encargado de investigación, campañas e incidencia de Uno Cinco.
Multas a alcaldes
La sanción estipulada por la ley para este incumplimiento de plazo, es equivalente a un sueldo mensual completo del alcalde o alcaldesa de turno. Sin embargo, investigadores alertan por la falta de claridad sobre qué institución debe imponer esa sanción.
Un dictamen de Contraloría alertó este año que la ley marco no establece con claridad qué institución es responsable de supervisar y sancionar el incumplimiento en la elaboración de los planes de acción climática. “Esta indefinición legal debilita la implementación de una ley, que de por sí, ya presenta un nivel de incumplimiento significativo”, advierte el investigador del CR2, Antoine Maillet.
¿Qué se puede hacer?
Investigadores recomiendan analizar las brechas de cada municipio para elaborar estos planes, definir las sanciones con claridad, integrar los planes comunales y los regionales, y mejorar la apropiación de este instrumento por los municipios, para que no lo vean solo como una imposición desde afuera sino como una oportunidad de desarrollo sostenible y para guiar la inversión climática local.
Maillet también propone crear un observatorio de acción climática municipal para compartir las experiencias exitosas de los municipios, ofrecer incentivos por el cumplimiento anticipado de estas medidas y crear un fondo de acción climática desde el Ministerio de Medio Ambiente, priorizando municipalidades con menores capacidades técnicas y financieras para esto.