¿Qué es una persona PEP? Sepa qué tipo de vínculos familiares le obstaculizan celebrar contratos
De acuerdo con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), una persona expuesta políticamente (PEP) es aquella que cumple con una función pública prominente, y por lo tanto queda imposibilitada de celebrar ciertos tipos de contratos o pedir créditos específicos.
Esta normativa tiene como objetivo evitar que estas personas, que tienen acceso a recursos públicos, usen su influencia para cometer lavado de activos, corrupción o sobornos, entre otros delitos, como también financiar ataques terroristas.
La Circular N° 49 de la Unidad de Análisis Financiero las define como “los chilenos o extranjeros que desempeñan o hayan desempeñado funciones públicas destacadas en un país, hasta a lo menos un año de finalizado el ejercicio de las mismas”.
Un ejemplo de ello es la ministra de Defensa Maya Fernández, quien está imposibilitada de celebrar contratos de compra y venta con el Estado.
En concreto, tras el anuncio del gobierno de comprar las casas en donde alguna vez habitaron los expresidentes Salvador Allende y Patricio Aylwin, la polémica no se hizo esperar marcando el inicio de lo que será el último año del Presidente Boric en La Moneda.
En este caso en particular, el artículo 13 bis de la Constitución Política establece que "durante el ejercicio de su cargo, los Ministros estarán sujetos a la prohibición de celebrar o caucionar contratos con el Estado".
Por lo tanto, la compra por parte del Estado de la casa del líder socialista no podía concretarse ya que la nieta de Allende, actual ministra de Defensa, figura como una de las propietarias.
En ese sentido, actualmente en Chile una persona PEP es definida como tal si cumple alguna de las siguientes funciones:
Presidente de la República
Senadores, Diputados y Alcaldes.
Ministros de la Corte Suprema y Cortes de Apelaciones
Ministros de Estado, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, Secretarios Regionales Ministeriales, Embajadores, Jefes Superiores de Servicio, tanto centralizados como descentralizados y el directivo superior inmediato que deba subrogar a cada uno de ellos
Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, Director General Carabineros, Director General de Investigaciones, y el oficial superior inmediato que deba subrogar a cada uno de ellos
Fiscal Nacional del Ministerio Público y Fiscales Regionales.
Contralor General de la República.
Consejeros del Banco Central de Chile
Consejeros del Consejo de Defensa del Estado
Ministros del Tribunal Constitucional
Ministros del Tribunal de la Libre Competencia
Integrantes titulares y suplentes del Tribunal de Contratación Pública
Consejeros del Consejo de Alta Dirección Pública
Los directores y ejecutivos principales de empresas públicas, según lo definido por la Ley Nº 18.045
Directores de sociedades anónimas nombrados por el Estado o sus organismos
Miembros de las directivas de los partidos políticos
Sin embargo, algunos bancos amplían este listado dentro de sus políticas considerando como personas PEP a quienes ejercen otro tipos de cargos.
Por ejemplo, BancoEstado considera como PEP a Consejeros Regionales (CORE), concejales, y personas jurídicas donde la PEP sea representante legal de la Institución o posea una participación superior al 10% en la propiedad de la ésta.
Obligaciones de los bancos
Desde la otra vereda, las entidades financieras y bancos están obligadas a implementar ciertas medidas que regulan la celebración de contratos y préstamos de créditos de las personas PEP.
Como por ejemplo, establecer sistemas apropiados de manejo del riesgo, someter las relaciones comerciales con una persona PEP frente a la aprobación de una alta gerencia, y definir la fuente de la riqueza, los fondos de los clientes y beneficiarios reales identificados como PEP, y el motivo de la operación.
La aprobación de créditos, que no sean de carácter masivo, será determinada por una instancia superior de primer línea. De no constituirse este tipo de comité, la decisión podrá ser tomada por el Directorio del banco.
Lo mismo aplica para relaciones comerciales con personas PEP, y es que estas, además de estar sujetas a monitoreos, también serán evaluadas por un comité que identificará el origen del patrimonio y establecerá si el beneficiario del contrato también es PEP.
Por lo tanto, estas instituciones financieras están obligadas a reportar cualquier tipo de actividad sospechosa que involucre a una persona PEP e informarlo a la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
¿Qué vínculos sanguíneos me imposibilitan de celebrar contratos?
Sin embargo, no basta con ejercer el cargo para quedar imposibilitado de celebrar contratos o realizar ciertas gestiones bancarias.
De acuerdo con la UAF, tienes vínculo con una persona PEP al mantener los siguientes lazos consanguíneos:
Cónyuge
Parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, es decir, abuelo(a), padre, madre, hijo(a), hermano(a) y nieto(a)
Personas naturales que hayan celebrado un pacto de actuación conjunta que les entregue poder de voto suficiente para determinar influencias en sociedades constituidas del país
Por lo tanto, según el mismo organismo, y contemplado en la Recopilación Actualizada de Normas de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), las medidas que rigen para personas PEP también se aplicarán a quienes mantengan estos tres tipos de vínculos con ellas.