Ley Papito Corazón: Ya van 22 teletones en órdenes de pago de pensiones en un año

Ley Papito Corazón: Ya van 22 teletones en órdenes de pago de pensiones en un año

Por: Matias Rojas | 22.05.2024
La Ley Papito Corazón, a un año de su entrada en vigencia, ha permitido que los tribunales ordenen el pago de más de 830.000 millones de pesos en pensiones alimenticias, con más de 318.000 millones de pesos ya cancelados. A través de mecanismos que incluyen la retención de fondos en cuentas bancarias, instrumentos financieros y de inversión, y cuentas de ahorro previsional voluntario; y un procedimiento extraordinario que ordena el uso de fondos de AFP.

"Los tribunales han ordenado el pago de más de $830.000 mil millones, -por la Ley de responsabilidad parental y pago efectivo de pensión de alimentos, más conocida como Ley Papito Corazón-" (...), lo que equivale más o menos a 22 teletones", aseguró la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, durante la mañana de este miércoles, en el balance a un año de entrada en vigencia de esta normativa. Siendo cancelados hasta este momento "más de 318.000 mil millones", agregó.

Una instancia en la que estuvo acompañada por el ministro de Justicia, Luis Cordero y la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich. Esta última encabezo la entrega de cifras y aseguró que esta ley “liberó a la parte demandante, generalmente son las madres, de la carga de buscar los ingresos de la parte demandada para obtener el pago de las deudas por concepto de pensiones de alimentos, algunas de larga data”.

Procedimientos

Además, Chevesich explicó que la ley contempla dos regímenes: “El procedimiento especial, que previa solicitud de parte, autoriza a los tribunales a despachar oficios a las entidades bancarias, financieras y de inversión del país, donde el deudor podría tener recursos, y de ser así, ordenar su retención para decretar el pago de la deuda por concepto de pensión de alimentos”.

Y "un procedimiento extraordinario que también, previa petición de parte, faculta a los tribunales a dirigirse a la Administradora de Fondos de Pensión, a las instituciones donde el deudor mantiene sus fondos de capitalización individual, ordenándoles retenerlos para efectuar los pagos correspondientes”, agregó.

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Recordemos que cuando se adeuda al menos un mes de pensión alimenticia, se puede pedir al tribunal que inicie un procedimiento para localizar bienes del deudor, lo que podría incluir la retención de fondos en cuentas bancarias, instrumentos financieros y de inversión, y cuentas de ahorro previsional voluntario.

AFP

En consecuencia, si ya se acumulan tres meses de deuda, ya sea de manera continua o discontinua, y no hay fondos suficientes en las entidades financieras, se activa un procedimiento extraordinario. Aquí, el tribunal puede ordenar el uso de los fondos de la cuenta de capitalización individual del deudor (AFP) para el pago.

Ya que los fondos de pensiones están destinados principalmente para pensiones de vejez o invalidez, por lo que su uso para pagar deudas alimenticias es una medida de último recurso. Es por esto que existen límites en el porcentaje de estos fondos que se pueden utilizar, basados en cuánto tiempo le falta al deudor para alcanzar la edad de jubilación legal:

  • Menos de 15 años: No más del 50% de los recursos acumulados.
  • Entre 15 y 30 años: No más del 80% de los recursos acumulados.
  • Más de 30 años: No más del 90% de los recursos acumulados.

Cifras

Es así que entre mayo de 2023 y el 15 de mayo de 2024, los tribunales han procesado 474.704 solicitudes de procedimiento especial, lo que ha resultado en la retención de activos financieros de 172.432 alimentantes y la emisión de 112.208 órdenes de pago, sumando un total de $293.202.908.201.

De esta cantidad, se han concretado pagos por $48.870.959.719, beneficiando a 104.807 personas. En cuanto al procedimiento extraordinario que involucra fondos de AFP, se han gestionado 399.322 solicitudes, con 72.076 órdenes de pago emitidas por un valor de $537.235.426.313, de los cuales ya se han pagado $269.516.304.986 a 63.259 beneficiarios.

[caption id="attachment_921197" align="aligncenter" width="1024"] Ministra de la Mujer, Antonia Orellana / Agencia Uno.[/caption]

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Registro Nacional de Deudores

Sumado a esto el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos que busca promover el pago de pensiones alimenticias mediante la implementación de sanciones por morosidad.

Es así que este registro permite la retención de fondos en diversas situaciones, como la venta de inmuebles o vehículos, devolución de impuestos, y en los sueldos de empleados públicos o de elección popular que sean deudores de pensión alimenticia. Además, restringe la renovación de licencias de conducir y pasaportes para los deudores inscritos y los impide de ser candidatos a ciertos cargos públicos.

“Es trascendental para que las personas, desde su más tierna infancia, puedan satisfacer sus necesidades espirituales y materiales que se asuma que la corresponsabilidad parental es indispensable e inexcusable, o así tendremos una sociedad conformada por personas sanas y equilibradas. Y si bien la ley va en el camino correcto, no es suficiente", destacó la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich.

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