Para terminar con la corrupción, hay que denunciarla
Con el mejor ánimo de cooperación para que en nuestro país no se cometan tantas irregularidades e ilegalidades en el desempeño de la función pública dentro de la aplicación de las reglas del libre mercado, me permito plantear algunas pocas ideas para que, paulatinamente, se pueda ir dejando atrás la corrupción que todos conocemos y la recurrente competencia desleal, que perjudica a los buenos empresarios no relacionados con aquellos individuos que ejercen el poder político en todas las instancias de la Administración.
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Por conocer muy bien a los municipios, lugares en donde más se roba, puedo afirmar que se deben eliminar las famosas corporaciones municipales de desarrollo, que son entes de derecho privado, sin fines de lucro (sic), destinadas a la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo, con las cuales ciertos alcaldes que las presiden, utilizando recursos municipales traspasados a ellas, con el falaz justificativo de adoptar decisiones rápidas acorde a los tiempos, se producen ingentes pérdidas de fondos monetarios que favorecen a los relacionados con los alcaldes.
Ello sucede porque esas corporaciones, por ser privadas, en la práctica nadie las fiscaliza.
La prensa ha dado cuenta de la práctica escandalosa que tienen algunos municipios del país, en orden a pagarles a sus funcionarios las llamadas "horas extraordinarias" por trabajos no realizados en sus jornadas laborales de 8 horas diarias. La Contraloría General de la República ya se ha referido a esta práctica indebida, aunque el ex alcalde de Las Condes, Joaquín Lavín, ha justificado esos pagos con una fundamentación bastante festiva. Llama la atención que estas corporaciones autónomas de derecho público se autodenominen "ilustres".
Pues bien, esos funcionarios municipales tienen la obligación de cumplir sus deberes contractuales en los horarios legales, pues en sentido contrario se demostraría que son ineficientes, por no decir flojos. Estos sujetos, al tener contratos de trabajo con sueldos mensuales del orden de los $ 6.000.000 o más, son inamovibles, razón por la cual se aprovechan de esta condición para "demostrar" a sus jefaturas que siempre hay labores pendientes y ellos mismos son los que deciden, firmando unas hojas sueltas, cuantas horas extras en exceso trabajan mes a mes y los ingenuos "socios" alcaldes, sin investigar nada, se las pagan. Llegando estos montos fraudulentos a cifras siderales. En mi opinión, estas labores complementarias debieran tener un razonable límite, constatándose si es efectivo la realización de tales tareas.
Desde hace mucho tiempo en la comunidad de expertos se habla de la captura, por parte del Estado, de las plusvalías que se producen en el ámbito del recurso suelo, cuando hay modificaciones regulatorias, sin que a la fecha ningún gobierno haya tomado iniciativas abordando este gravitante asunto. Lo anterior, como consecuencia del lobby empleado por los especuladores interesados de que nada cambie para que ellos sigan disfrutando de las ausencias en la correcta regulación urbana.
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Al respecto, se debería leer sobre esta precisa materia, la propuesta enviada por la Fundación Defendamos la Ciudad, en septiembre del año 2016, al diputado Manuel Monsalve, entonces presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, actualmente Subsecretario del Interior (ver aquí).
El mejor ejemplo del desinterés absoluto que han tenido los distintos gobiernos, como los diputados y senadores, para que exista en Chile esta indispensable y justa legislación, se observa con la actividad mercantil en terrenos rurales desarrollada desde hace muchos años por el senador (PS) Fidel Espinoza, quien como buen articulador ha ejercido el cargo de presidente de la Comisión de Vivienda y Urbanismo de la Cámara de Diputados y del Senado.
Según un completo reportaje publicado en el medio de investigación Ciper, este acaudalado hombre público ha tenido una actividad muy lucrativa con el cambio de uso de suelo de sus terrenos rurales en la región de Los Lagos, sin que el Estado haya percibido ningún aporte de él por la obtención de estas significativas plusvalías patrimoniales.
Acorde a lo informado en la aludida presentación dirigida a Monsalve, sería interesante saber si el senador Espinoza conoce el planteamiento del Lincoln Institute of Land Policy, el cual se alude en nuestro mail de hace 8 años, dejándose en claro que esta política pública era apoyada sin reservas por Carlos Montes, cuando ejercía los cargos de diputado y senador. Desconocemos si Montes, "compañero" del partido político de Espinoza, hoy como ministro de Vivienda y Urbanismo, mantiene su apoyo a la misma.
Aunque ya lo he planteado en columnas anteriores, con motivo de un permiso de edificación cursado por la Directora de Obras Municipales (DOM) de Vitacura para un proyecto a ejecutarse en una angosta calle de dicha comuna, de la inversionista Gabriela Luksic Fontbona, hermanastra del conocido empresario Andrónico Luksic Craig, reiteramos que es indispensable derogar el artículo 6.1.8 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) que tolera la vulneración de las normas contenidas en los Planes Reguladores Comunales (PRC). De esta forma, el Estado graciosamente, durante muchos años ha mirado para el lado, aceptando en los hechos que cada proyecto inmobiliario que se acoja a esa burlesca disposición sea bastante más lucrativo.
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Finalmente, teniéndose presente que el artículo 38° de la LGUC establece que "las disposiciones de los Planes Reguladores Intercomunales, que constituyan alteraciones a las disposiciones de los Planes Reguladores Comunales existentes, se entenderán automáticamente incorporadas a éstos como modificaciones", fue desobedecido por la municipalidad de Iquique, error irreflexivamente validado por Jorge Bermúdez, anterior contralor general de la República, entendiendo que la actual contralora Dorothy Pérez, tendrá que poner las cosas en su lugar para que el antiguo PRC de Iquique del año 1981 contenga las restricciones urbanísticas consideradas en el Plan Regulador Intercomunal Costero de Tarapacá (PRICT), vigente desde el año 2022.