Deficiencias del proyecto hidroeléctrico en el río Truful Truful

Deficiencias del proyecto hidroeléctrico en el río Truful Truful

Por: Fernanda Salinas | 15.05.2023
Estas no son las únicas deficiencias en la calidad de la información disponible a lo largo del proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto Central de Pasada El Rincón en el río Truful Truful. El Tribunal Ambiental debiera considerar estas falencias cuando llegue el momento de revisar el caso.

El proyecto Central Hidroeléctrica El Rincón en el río Truful Truful, en la comuna de Melipeuco, Región de La Araucanía, a pesar de declararse como una central hidroeléctrica de pasada, contempla la construcción de cuatro compuertas transversales al río que significarían la creación de una zona de inundación.

En el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto afirma que “la poza” que se formaría solo facilitaría la captación del agua por la bocatoma, sin hacerse cargo de una serie de impactos, como la disminución drástica en la velocidad del flujo, la pérdida de áreas de refugio para la fauna, la retención de sedimentos, el incremento en la productividad primaria, el incremento en las concentraciones de nutrientes y el efecto en los pulsos de lavado e inundación que ocurrirían como consecuencia del embalsamiento del río.

El proyecto afectaría un tramo del río ya alterado por la Central de Paso Truful Truful, construida y en operación sin evaluación ambiental. Y aunque el titular del proyecto Central El Rincón afirma que no se generarían efectos ni sinérgicos ni aditivos con la central ya existente, como se mencionó, afectarían el mismo tramo del río y se desconocen los impactos que podría haber causado la construcción y operación de la Central Truful Truful. El titular de El Rincón (Ingeniería y Construcción Madrid S.A.) no incluye una caracterización del río aguas arriba de la bocatoma ni aguas abajo del punto de restitución, a pesar de haber sido esto solicitado por la DGA y la DOH.

La línea base del proyecto solo caracteriza la calidad de agua y limnología en tres puntos de muestreo y en una única medición, sin caracterizar adecuadamente las variaciones espaciales y temporales asociadas. El proyecto carece de información necesaria y suficiente para identificar, predecir, mitigar y compensar adecuadamente el impacto que generaría en la calidad de agua durante la construcción y operación del proyecto.

Como medida de mitigación de la alteración de la calidad del agua producto de la construcción de la central, el titular propone, por ejemplo, monitorear mensualmente parámetros fisicoquímicos y bacteriológicos. Sin embargo, tomar muestras no aminora las alteraciones en la calidad de agua generadas por la construcción de un proyecto de estas características.

El titular declara que la central El Rincón respetaría el caudal ecológico. Sin embargo, el caudal ecológico calculado se basa exclusivamente en el criterio de la DGA, omitiendo, por ejemplo, la caracterización de las plantas acuáticas, entre las que se encuentra el lonko lawén, Myriophyllum aquaticum, cuya presencia es reconocida por las comunidades mapuche en el lugar donde el titular pretende instalar sus obras. Tampoco se caracteriza la vegetación de ribera de importancia cultural y ceremonial asociadas al río ni el caudal mínimo requerido que permitiría mantener áreas de importancia ecológica para aves acuáticas, como el pato anteojillo, el martín pescador y el pato corta corrientes. Omite también la presencia del bagrecito y el huillín, ambos clasificados en peligro de extinción, reconocida y documentada por los habitantes de la zona.

Ingeniería y Construcción Madrid S.A. declara que el efecto de la central El Rincón se presentaría en un tramo de 2,5 kilómetros del río, aunque los puntos de captación y de restitución se distancian en un tramo de unos 3,6 kilómetros de largo.

La información que entrega el titular es falsa e inconsistente con la que entrega en los planos de planta de perfiles transversales al río, que se extienden desde el kilómetro 0 en la bocatoma hasta el kilómetro 3,4 antes de llegar al punto de restitución. Asimismo, el titular no considera que la construcción de la barrera móvil generaría una zona de embalse que extendería aún más el tramo del río aguas arriba, que tendría una influencia directa por el proyecto y cuyo perfil transversal no fue caracterizado.

Estas no son las únicas deficiencias en la calidad de la información disponible a lo largo del proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto Central de Pasada El Rincón en el río Truful Truful. El Tribunal Ambiental debiera considerar estas falencias cuando llegue el momento de revisar el caso.