Nuevo caso de colusión: FNE acusa a las tres principales empresas de transporte de valores
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) anunció este miércoles que presentó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) un requerimiento por colusión contra las tres principales empresas de transporte de valores que operan en el país y contra seis de sus principales ejecutivos, por haber celebrado y ejecutado un acuerdo para fijar los precios de sus servicios entre los años 2017 y 2018.
Acorde a la modificación aplicada el 2016 al régimen de multas, la FNE pidió al TDLC que aplique a los requeridos sanciones a beneficio fiscal que totalizan 81.585 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a aproximadamente US$ 63,4 millones.
[Te puede interesar] Ministra Schmidt en comisión por AC contra Piñera: "Hay una zona marina de alto valor"
Las mayores multas fueron solicitadas para Brink’s Chile S.A. (Brink’s), por 39.325 UTA, correspondientes a US$ 30,5 millones, y para Juncadella Prosegur Group Andina S.A. (Prosegur), por 33.253 UTA, equivalentes a US$ 25,8 millones. Estos montos son las multas individuales más altas que haya pedido la FNE en casos de colusión.
Para Wagner Seguridad Custodia y Transporte de Valores SpA (Loomis), la FNE solicitó una sanción económica de 8.314 UTA, que corresponden a US$ 6,4 millones.
En el caso de los ejecutivos, el requerimiento pide sancionar a los gerentes generales de las tres empresas de transportes de valores en Chile: Alberto Bálsamo Barreiro (Brink’s), con 149 UTA (US$ 115 mil); Marco Malverde Muñoz (Prosegur), con 134 UTA (US$ 104 mil); y Cristián Catalán Jerez (Loomis), con 114 UTA (US$ 88 mil).
[Te puede interesar] Ezzati en la mira: Víctimas de abuso se querellan contra exarzobispo y cinco sacerdotes
Asimismo, y pese a encontrarse radicados en el exterior, la acusación también se dirige contra los jefes regionales que tenían a su cargo Chile y otros países de Latinoamérica: Martín Matos Pardo, director general Latam Sur de Prosegur, para quien se pidió una sanción económica de 174 UTA (US$ 135 mil) y Rui Sanches Da Silva, cluster president Portugal y Latam de Loomis, con un monto de 122 UTA (US$ 94 mil).
La FNE también solicitó al TDLC iniciar un proceso de exhorto para notificar el requerimiento a estos dos últimos ejecutivos, que residen en Uruguay y en Portugal, así como a Marco Malverde, quien fue trasladado por Prosegur y reside en Indonesia desde julio de este año.
Adicionalmente, la FNE pidió al TDLC que exima de multa a la persona natural que reveló la existencia del cartel en el marco del programa de delación compensada y que se declare expresamente que se encuentra exenta de responsabilidad penal por los hechos que son objeto de la acusación.
“Este cartel se desarrolló luego de la entrada en vigencia de la última modificación de la ley de competencia y eso nos ha permitido solicitar las multas individuales más altas que hasta ahora haya conocido nuestro sistema de libre competencia, dando el primer paso que exige la ley para una eventual persecución penal del mismo”, dijo el Ricardo Riesco, Fiscal Nacional Económico.
[Te puede interesar] Juez aprueba nuevo financiamiento de 750 millones de dólares para Latam
De acuerdo a la FNE, el inicio del acuerdo entre las empresas se remontaría, al menos, a marzo del 2017, momento en que los ejecutivos de Brinks y Prosegur ya habrían estado coordinando los precios de sus servicios de transporte de valores, atención de cajeros automáticos o ATM, tesorería, y pago de remuneraciones y/o prestaciones sociales. A este acuerdo se habría plegado Loomis en diciembre del mismo año.
En el marco de sucesivas reuniones y contactos, que incluyeron viajes a Chile de los ejecutivos extranjeros para reunirse con competidores, así como intercambio de planillas Excel con registros de precios y negociaciones de tarifas, las empresas definieron conjuntamente los precios de sus servicios y un nuevo esquema tarifario. La conducta afectó tanto a instituciones bancarias como no bancarias. Entre otros, el documento de la FNE da cuenta de que el acuerdo habría comprendido servicios asociados al pago de prestaciones sociales y a la Teletón del año 2018.
Al respecto, el fiscal Riesco explicó que “este acuerdo afectó prestaciones esenciales para la adecuada continuidad operativa del sistema financiero y necesarias para el funcionamiento de sectores económicos como el retail, entidades públicas e, incluso, instituciones con fines sociales o benéficas”.
[caption id="attachment_695802" align="alignnone" width="1024"] Fiscalía Nacional Económica (imagen de referencia)[/caption]
La investigación
Las indagatorias comenzaron en octubre del 2018, luego de que una persona natural solicitara acogerse al beneficio de delación compensada. Dos meses después, la FNE con la colaboración de Carabineros de Chile allanó las tres empresas involucradas y los domicilios particulares de los gerentes generales de cada una de éstas.
En esta diligencia, la FNE incautó información física y digital que contiene evidencia directa del acuerdo. Gracias a estas medidas de investigación, la Fiscalía tuvo acceso a mensajes vía WhatsApp que acreditan la coordinación de reuniones presenciales y otros contactos entre altos ejecutivos de las empresas acusadas.
[Te puede interesar] FNE recomienda prohibir que Abastible, Gasco y Lipigas distribuyan gas licuado
Asimismo, se encontró una serie de planillas con idéntico formato en poder de los gerentes de las compañías, las que contendrían tarifas para los distintos servicios y clientes, y que habrían sido completadas de forma concertada por los miembros del acuerdo.
El oportuno inicio de la investigación permitió a la FNE desbaratar un cartel que se encontraba en plena ejecución y que seguía activo, al menos, hasta pocos días antes del allanamiento realizado en las instalaciones de las empresas y en los domicilios de sus gerentes.
La evidencia muestra, además, que los actores adoptaron diversos resguardos para mantener ocultos sus contactos con la competencia. Así, por ejemplo, Alberto Bálsamo habría utilizado un software para encriptar un pendrive en el cual guardaba planillas con precios de las empresas de la competencia, el que fue incautado por Carabineros de Chile desde su residencia particular. La FNE logró acceder al contenido de este dispositivo gracias a la colaboración del Federal Bureau of Investigation de Estados Unidos (FBI).
Además, para resguardar la clandestinidad del acuerdo, en sus comunicaciones internas evitaron utilizar los nombres propios de sus contrapartes y asignaron apodos para individualizarlos. Así, los ejecutivos de Prosegur se referían a Alberto Bálsamo (Brink’s) como “la intuición” o “el sedal” y a Rui Sanches (Loomis) como “el portugués”, mientras que los ejecutivos de Loomis aludían a Martín Matos (Prosegur) como “Uruguay”, los dos últimos en referencia a sus respectivos países de procedencia.
[caption id="attachment_695803" align="alignnone" width="900"] Camión de Brink's junto a una carabinera (imagen de referencia)| Agencia Uno (archivo)[/caption]
Posibilidad de pena de cárcel
La empresa Brink's fue la primera en responder al anuncio de la Fiscalía Nacional Económica, quienes afirmaron: "Nos encontramos analizando el requerimiento de la FNE, pero desde ya nos ponemos a total disposición de la autoridad y vamos a recabar toda la información necesaria para que esta situación se aclare lo más rápidamente posible".
El exjefe de la Fiscalía de Alta Complejidad, Carlos Gajardo, explicó a través de sus redes sociales que los hechos que se han revelado podrían significar el primer caso de colusión que termine con penas de cárcel efectivas debido a que ocurrieron después de la promulgación de la nueva legislación.
"Hechos son de los años 2017 y 2018 y podría ser el primer caso en que se aplique la ley que sanciona con cárcel por estos hechos a los ejecutivos. La nueva ley es del año 2016 y aplica a actos posteriores", detalló Gajardo.
Ojo! FNE acusa por colusión a empresas del transporte de valores. Hechos son de los años 2017 y 2018 y podría ser el primer caso en que se aplique la ley que sanciona con cárcel x estos hechos a los ejecutivos. La nueva ley es del año 2016 y aplica a actos posteriores. ? https://t.co/Wml9Dgdp8z
— Carlos Gajardo Pinto (@cgajardop) October 20, 2021