DATO| Subsidio de clase media: Cómo se postula y quiénes son los beneficiados

DATO| Subsidio de clase media: Cómo se postula y quiénes son los beneficiados

Por: Cristian Neira | 15.05.2020
Desde este viernes 15 de mayo se puede postular, por primera vez de manera online, a los beneficios de subsidios familiares de sectores medios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. El titular del Minvu, Cristián Monckeberg, reveló los requisitos y a quiénes va dirigida esta ayuda.

El ministro de Vivienda y Urbanismo, Cristián Monckeberg, informó que este viernes 15 de mayo se abrieron las postulaciones para el Subsidio de clase media, la cual por primera vez se podrá hacer vía online debido a la pandemia del coronavirus.

Este programa está destinado a familias de sectores medios que no son propietarias de una vivienda, que tienen capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con recursos propios o crédito hipotecario.

El titular de la cartera comentó en CHV Noticias que “tenemos que enfrentar este desafío de la mejor forma posible y estamos preparados para eso”, indicando que el proceso estará abierto hasta el jueves 4 de junio a las 18:00 horas como máximo.

Tal como señala la web del Minvu, este apoyo del Estado permite comprar una vivienda nueva o usada, o construir una casa de hasta 140 mt2, en sitio propio o densificación predial (construcción de una vivienda donde ya existe una), en sectores urbanos o rurales.

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¿Qué requisitos pide el Subsidio de clase media?

Para postular a este llamado, los interesados deberán:

1.- Tener mínimo 18 años de edad.

2.- Contar con Cédula de Identidad Nacional.

  • Para chilenos: se extiende en 1 año la vigencia de aquellas que tengan fecha de vencimiento en el 2020.
  • Para extranjeros: las cédulas vencidas en 2019 se extienden hasta el 31 de diciembre de 2020; y las con vencimiento en 2020 extienden en un año su vigencia, siempre y cuando tenga en trámite en el Departamento de Extranjería y Migración o Gobernación Provincial, el cambio o prórroga de visación de residente o permanencia definitiva.

3.- Las personas extranjeras deben presentar, además, el Certificado de Permanencia Definitiva:

  • La antigüedad exigida para este documento se amplía de 90 a 270 días corridos a partir de su emisión.
  • Las personas extranjeras que postularon al Segundo Llamado 2019 del D.S. 1 no deberán presentar esta certificación, ya que será considerada la que presentaron en dicho llamado.

4.- Acreditar una cuenta de ahorro de, al menos, 12 meses de antigüedad. Para cumplir con esta antigüedad, la fecha de apertura de la cuenta de ahorro no debe ser posterior al 30 de abril de 2019.

5.- Contar con el ahorro mínimo según el valor de la vivienda que se busca comprar o construir, el cual debe estar depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, al último día hábil del mes anterior al de la postulación, en este caso corresponde al jueves 30 de abril de 2020, a las 14:00 horas. La cuenta de ahorro debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.

6.- No superar el porcentaje de calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH), correspondiente al Título y tramo del subsidio al que desea postular (*):

  1. a) Título I tramo 1: dentro del 60% de vulnerabilidad socioeconómica.
  2. b) Título I tramo 2: dentro del 80% de vulnerabilidad socioeconómica.
  3. c) Título II: dentro del 90% de vulnerabilidad socioeconómica.

Importante: de forma excepcional y solo por este llamado, las personas postulantes no deberán presentar certificado de preaprobación de crédito hipotecario.

(*) Los Adultos Mayores que postulen al Título I, tramos 1 y 2, podrán pertenecer hasta el 90% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente establecida en el Registro Social de Hogares (RSH).

7.- En caso de postular colectivamente el grupo debe:

  • Tener un mínimo de 10 integrantes para la modalidad de adquisición de vivienda construida y dos para la alternativa de construcción.
  • Postular a través de una Entidad Patrocinante*.
  • Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu (solo para la modalidad de adquisición de vivienda construida).

(*) Las entidades Patrocinantes deberán coordinarse con el Serviu de la región, la entrega de los antecedentes de postulación del grupo y sus integrantes.

¿Cómo postular?

Dada la contingencia sanitaria que vive el país producto del COVID-19, se han dispuesto las siguientes vías de atención para postular:

1.- Propuesta de postulación automática: las personas que postularon en octubre de 2019 al Subsidio para Sectores Medios (tanto a compra como construcción en sitio propio o densificación predial) y no fueron seleccionadas, podrán postular al actual llamado aceptando la propuesta de postulación que el Minvu les hará llegar a través de correo electrónico o mensaje de texto a sus teléfonos celulares.

2.- Postulación en Línea: las personas que utilicen esta plataforma deberán contar con la Clave Única que entrega el Servicio de Registro Civil e Identificación, postular a la modalidad de compra de una vivienda y contar con sus ahorros en instituciones financieras con información en línea (Banco Estado, Banco Scotiabank/Desarrollo, Coopeuch y Caja Los Andes).

Para posular haz click aquí. 

La información ingresada y registrada en el sistema será válida para todos los efectos de postulación y del proceso de selección.

3.- Formulario de Contacto: las personas que no puedan materializar su postulación a través de las modalidades señaladas en los puntos 1 y 2, podrán presentar su postulación mediante un formulario de contacto, disponible en la página web www.minvu.cl, específicamente en la sección atención ciudadana/ trámites en línea.

Todas las vías de postulación estarán habilitadas a partir del viernes 15 de mayo de 2020.

Importante:

  • Las personas interesadas en postular deben contar con el ahorro mínimo que exige la alternativa de subsidio a la que desean acceder, el cual debe estar depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda y reflejado como saldo disponible, a más tardar el jueves 30 de abril de 2020. Los ahorros depositados después de las 14:00 horas o con cheque el mismo día 30, serán considerados como disponibles al siguiente día hábil, en este caso, el 4 de mayo de 2020, por lo que dichos depósitos no se considerarán en el monto de ahorro acreditado para postular.
  • La cuenta de ahorro debe tener, al menos, doce meses de antigüedad. Esto quiere decir que la fecha de apertura de la cuenta de ahorro no debe ser posterior al 30 de abril de 2019.