martes 07 de abril de 2026

Quiénes conforman y cuáles son las funciones del Consejo de Seguridad Nacional convocado por Piñera

Sus facultades están descritas en la Constitución. Apuntan a un rol asesor del Ejecutivo, mas no resolutivo. La última vez que se convocó al grupo fue en 2014, durante el primer mandato del Presidente.

7 de noviembre de 2019 - 00:00

El Consejo de Seguridad Nacional es un grupo compuesto por los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados, el presidente de la Corte Suprema, los comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, el general Director de Carabineros y el contralor General de la República. También pueden asistir, si es que así lo solicita el Presidente, los ministros del Interior, de Relaciones Exteriores, de Defensa Nacional, de Hacienda y Economía.

La función del Consejo es la de asesorar a la máxima autoridad del país. Según señala el capítulo XII de la Constitución, para que sesione el Consejo se necesita la mayoría absoluta de sus integrantes para sesionar. Es decir, si alguna de las autoridades declina participar, el consejo no será más que una reunión bilateral e informal.

Respecto a las resoluciones que el Consejo puede adoptar, la Constitución señala que son "concernientes a su organización, funcionamiento y publicidad de sus debates". Además, las actas del consejo serán públicas, "a menos que la mayoría de sus miembros determine lo contrario".

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