En materias inmobiliarias, la Contraloría se pone enérgica

En materias inmobiliarias, la Contraloría se pone enérgica

Por: Patricio Herman | 15.04.2018
Sabemos que este episodio se encuentra judicializado por iniciativa de la inmobiliaria y como la Contraloría ya constató que se incumplió la exigencia del artículo 1.4.17 de la OGUC lo que significa que el Director de Obras Municipales de Valparaíso.

Justo cuando la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) tenía que iniciar la investigación del presunto ataque químico en la ciudad de Duma que los mandones de Occidente le adjudican al régimen de Siria, EEUU con sus incondicionales Inglaterra y Francia lanzaron más de 100 misiles en contra de ese país árabe, ataque injustificado y brutal que este columnista rechaza de plano y por ello mi consternación la testimonio en esta columna de opinión.

Ahora vamos al asunto de nuestra incumbencia relacionado con el título de mi comentario de esta ocasión:

Acogiendo la denuncia formulada por la fundación Defendamos la Ciudad, el 12 de abril de 2018 la Contraloría General de la República, cansada con las reiteradas desobediencias de la Municipalidad de Santiago, en su dictamen Nº 9.532 dirigido al alcalde Felipe Alessandri, obliga al Director de Obras Miguel Saavedra que invalide dos permisos de edificación, a saber: número 16.190 del 1 de febrero de 2017 para 4 torres residenciales en altura, en la calle Ejército 624 al 634 y calle Manuel Rodríguez Sur 653 al 655 y número 16.233 del 29 de marzo de 2017 para una torre habitacional de 14 pisos, actos administrativos viciados otorgados a las empresas Desarrollo Inmobiliario Ejército Libertador SpA e Inmobiliaria Carmen Blas S.A., respectivamente

Dicha municipalidad, respondiendo el categórico dictamen anterior Nº 40.730 del 21 de noviembre de 2017, en el cual se describieron las incorrecciones, muy suelta de cuerpo, le había expresado a la Contraloría que sus funcionarios de la Dirección de Obras Municipales se habían reunido con los titulares de ambos proyectos con el fin de concordar con ellos una modificación a los mismos, de manera tal que éstos se ajusten a lo dispuesto en la normativa vigente, encontrándose a la espera para continuar con su tramitación. (sic)

Ante esta burlesca “explicación” municipal, la Contraloría le retrucó en orden a que ello no resulta apropiado para los efectos de dar cumplimiento a lo ordenado por ese órgano de fiscalización, ya que las observaciones advertidas en el dictamen de noviembre de 2017 eran muy claras y explícitas, motivo por el cual se debían cumplir sin mayores dilaciones.

En cuanto al permiso de edificación número 16.195 del 3 de febrero de 2017, cursado a la empresa AVSA Compañía SpA para construir una torre habitacional de 14 pisos en la calle Compañía 1656 al 1680, con 297 viviendas, nótese solo 3 menos de las 300 viviendas, guarismo que obliga al titular del proyecto a someterlo al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), la Contraloría le reitera a Alessandri y a todos los funcionarios relacionados, que la Dirección de Obras Municipales debe precisar que la altura del edificio dice relación con la hipótesis a que se refiere el inciso vigésimo del artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y no con lo establecido en el artículo 15 del Plan Regulador Comunal (PRC) de Santiago que deberá ser eliminado.

La Inmobiliaria del Puerto SpA, del poderoso empresario Nicolas Ibáñez, consiguió el 30 de marzo de 2015 en la Dirección de Obras, por lo tanto durante la administración pasada de la Municipalidad  de Valparaíso, un permiso de edificación para construir 22 edificios en el sector conocido como parque Pümpin. Este acto administrativo fue maliciosamente obtenido y por ello el alcalde Sharp ha tenido una confrontación con el dueño del proyectado negocio inmobiliario.

Ahora bien, como el artículo 1.4.17 de la OGUC dice que los permisos de edificación caducan automáticamente a los 3 años de cursados, si el titular del mismo no ejecuta ciertas obras preliminares relacionados con los trazados y excavaciones, y en el caso que abordamos el plazo venció el reciente 30 de marzo de 2018, la Delegación Regional de Valparaíso de la Contraloría General de la República hizo una visita inspectora al terreno para verificar si se había cumplido esa exigencia reglamentaria, constatando el 4 de abril pasado que ello no ocurría.

Sabemos que este episodio se encuentra judicializado por iniciativa de la inmobiliaria y como la Contraloría ya constató que se incumplió la exigencia del artículo 1.4.17 de la OGUC lo que significa que el Director de Obras Municipales de Valparaíso deberá declarar la caducidad del permiso, con lo cual será muy interesante conocer el próximo fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, teniéndose presente que en los tribunales quien asume la defensa del ente contralor es el Consejo de Defensa del Estado (CDE).