Corte Suprema rechaza recurso de amparo con el que Miguel "El Fanta" Estay buscaba salir de Punta Peuco
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo presentado por Miguel "El Fanta" Estay Reyno. El ex agente represivo del Comando Conjunto, confeso en el crimen de José Manuel Parada, Santiago Nattino y Manuel Guerrero (caso Degollados), quien está condenado en el penal especial de Punta Peuco, había recurrido en contra de la Comisión de Libertad Condicional del tribunal de alzada que le denegó el beneficio.
Hoy y en un fallo unánime (causa rol 1.243-2016), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Manuel Muñoz, Miguel Vázquez y el abogado (i) David Peralta– descartó infracción de ley en la resolución recurrida que negó el beneficio a Estay Reyno, quien cumple condenada por crímenes de lesa humanidad, señalando que "la referida Comisión, tiene la función práctica e inherente al cargo de quienes la componen, y la resolución fue razonada y debidamente fundada", sostiene el fallo, agregando que "los postulantes –entre los que se encuentra el amparado– fueron condenados por delitos de lesa humanidad, lo que tienen una regulación especial, en especial atención a la gravedad del delito. Además conforme lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha señalado que el Estado debe garantizar la investigación y sanción de los responsables de graves crímenes contra la humanidad, absteniéndose de recurrir a figuras como la amnistía, o la prescripción, así como medidas que pretendan impedir la persecución penal o suprimir los efectos de la sentencia condenatoria. En ese sentido, la Comisión estimó que se infringe esta obligación cuando se otorgan beneficios administrativos a los condenados, dejando sin efectos prácticos las sentencias".