¿Costanera Center intenta cambiar estacionamientos por locales comerciales?
En un diario impreso en papel de circulación nacional se publicó el sábado 5 de noviembre de 2016 el reportaje “Cencosud buscaría reducir mitigaciones del Costanera Center al convertir estacionamientos en locales” (sic), con bajada “la firma aún no tiene el permiso de la Municipalidad de Providencia para modificar el mall “, reproduciendo opiniones de ciertos entendidos en cuanto a que con este cambio se reduce la incidencia que tiene el proyecto en su entorno.
Recordemos que las obras de este mall se iniciaron en el año 2006 sin que Cencosud contara con un permiso de edificación, es decir, se procedió “a la chilena” y la aprobación del Estudio de Impacto Sobre el Transporte Urbano (EISTU), requisito perentorio para cursar los permisos por parte de los Directores de Obras Municipales se obtuvo 3 años después. Sobre este negocio la fundación Defendamos la Ciudad lo objetó en todas las instancias administrativas, entre otras cosas, porque el proyecto de alta carga de ocupación debía enfrentar necesariamente una vía expresa, lo que no acontecía.
Para ayudar al empresario Horst Paulmann, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) servicio del Estado que se caracteriza por solucionar los problemas que tienen los más poderosos e influyentes actores del mercado, con un acomodaticio Decreto modificó la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), instrumento de carácter nacional que es el reglamento de la Ley, estableciendo que ese tipo de proyectos inmobiliarios pueden enfrentar indistintamente vías expresas y/o troncales y así se enderezó la inversión.
En Ciper y en otros medios digitales hemos entregado nuestra opinión al respecto, ver link. Y hasta la fecha Cencosud no ejecuta un túnel, a sus expensas, que debe discurrir en el subsuelo de la Av. Andrés Bello, enfrente de la mega estructura, obra de mitigación vial establecida en el extemporáneo EISTU que es un solemne acto público obligatorio para levantar el proyecto, el que cuenta a la fecha solo con recepciones parciales firmadas por el Director de Obras de Providencia. La resistencia a construir el túnel se debe a su alto costo y por ello Paulmann les pidió a todos los ex ministros sectoriales de los últimos gobiernos que compartieran, mitad y mitad, el precio que es de unos cuantos millones de dólares. Unos ministros se allanaron y otros no, pero el hecho concreto es la inexistencia del túnel y por ello no hay un certificado recepción final de las obras.
Digamos en todo caso que la Contraloría sancionó a los 3 arquitectos funcionarios que intervinieron en la tramitación de ese proyecto y si Cencosud desea mejorar la rentabilidad de su inversión, con el expediente de reemplazar ciertos espacios por otros más lucrativos que serían utilizados, vía arriendos, por nuevas tiendas de lujo, ello sería posible solamente si las instituciones del Estado dejan de cumplir sus atribuciones, escenario muy factible pues ya sabemos que en Chile los grupos económicos hacen y deshacen.
El terreno en donde se emplaza el proyecto forma parte del Plan Regulador Comunal (PRC) de Providencia, con normas urbanísticas tremendamente favorables respecto de los agrupamientos, capacidad máxima de edificación, rasantes y distanciamientos fijadas arbitrariamente en Decreto Supremo Nº 308 de 1980 por el ministro de Vivienda de la dictadura, las que fueron ratificadas por otro ministro de ese régimen el 6 de enero de 1989. Aunque el lector no lo crea, esas normas todavía se conservan en el artículo 4.3.16, Zona Especial Ex CCU, de ese PRC de Providencia.
En lo que dice relación a la cantidad de estacionamientos, Costanera Center se rige por lo ordenado en el artículo 7.1.2 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) vigente desde el año 1994, el que dice “los proyectos de construcción deberán cumplir con las normas y estándares mínimos de estacionamientos de vehículos motorizados, que se señalan en el cuadro 10 del artículo 7.1.2.9 de la presente Ordenanza”.
De lo anterior se desprende que tanto el permiso de edificación como el EISTU, ambos cursados fuera de plazo, contemplaron una cierta cantidad de estacionamientos de acuerdo a los metros cuadrados de los distintos tipos de destinos (equipamientos, cines, hoteles, restaurantes, supermercados, oficinas profesionales, etc.) fijados en ese cuadro 10 y si ahora Cencosud desea reducirlos para disponer de más locales comerciales, ello no será posible pues su operación de sustitución vulnera la disposición reglamentaria vigente para los proyectos de edificación que se ejecutan en la contaminada región metropolitana de Santiago.
Dicho de otro modo, adscribiéndonos a la ley, si Costanera Center desea tener mayor cantidad de metros cuadrados útiles que renten, deberá contar con un mayor guarismo de estacionamientos, en ningún caso menos y por ello será muy interesante saber qué tipo de ingeniería utilizará la futura alcaldesa Evelyn Matthei para que Horst Paulmann puede hacer este ocurrente cambalache, tan propio de los tiempos llenos de pillerías que corren.