Cuando revisé el reciente informe de Corporación Humanas sobre objeción de conciencia en Chile, una pregunta comenzó a rondarme de manera persistente: ¿quiénes no aparecen en estas cifras?
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Garantizar derechos no se agota en su reconocimiento legal. El desafío está en que puedan ejercerse efectivamente, sin barreras, con acceso a información oportuna y en contextos donde las personas sean tratadas con respeto y dignidad.
Cuando revisé el reciente informe de Corporación Humanas sobre objeción de conciencia en Chile, una pregunta comenzó a rondarme de manera persistente: ¿quiénes no aparecen en estas cifras?
El informe entrega antecedentes preocupantes. A nivel nacional, cuatro de cada diez médicos obstetras del sistema público se declaran objetores de conciencia en la causal de violación. Existen hospitales donde más del 80% del personal obstetra objeta en esta causal y algunos establecimientos continúan presentando dificultades para garantizar el acceso oportuno a una prestación que la ley reconoce desde 2017.
Son datos relevantes. Necesarios. Pero mientras avanzaba en la lectura del informe y escuchaba el conversatorio realizado durante su presentación, tuve la impresión de que las cifras, por sí solas, no alcanzaban a mostrar toda la dimensión del problema.
Porque las estadísticas nos hablan de quienes lograron ingresar al sistema. De quienes llegaron a una consulta, constituyeron una causal o accedieron a una prestación. Pero dicen muy poco sobre quienes quedaron fuera del camino.
Hace más de veinte años, trabajando con infancia gravemente vulnerada, conocí a una niña de 13 años que vivía una situación de extrema vulnerabilidad, marcada por múltiples factores de riesgo y desprotección. Fue acogida en el programa de atención de niños, niñas y adolescentes de calle, donde yo trabajaba, sin que ella ni el equipo que la recibió supieran que estaba embarazada. La situación recién se hizo evidente cuando sufrió una pérdida gestacional. Recuerdo que aquello nos obligó a reflexionar sobre algo que pocas veces aparece en las discusiones públicas: la experiencia de una niña sometida a múltiples vulneraciones no siempre se parece a la experiencia que los adultos imaginamos.
Muchas niñas que viven violencia, abandono, explotación o consumo problemático de sustancias no logran registrar oportunamente los cambios de sus cuerpos. Algunas tienen ciclos menstruales irregulares; otras han aprendido a sobrevivir desconectándose de aquello que les ocurre. En esos contextos, un embarazo puede pasar inadvertido durante semanas o meses. Esto obliga a mirar un aspecto que rara vez se considera con suficiente profundidad: ¿qué ocurre cuando los plazos institucionales se encuentran con trayectorias de vida atravesadas por la violencia, la pobreza y la exclusión?
Durante la presentación del informe, el Defensor de la Niñez, Anuar Quesille, recordó una realidad que muchas veces olvidamos. Cerca del 85% de las denuncias por delitos sexuales que recibe el Ministerio Público corresponden a hechos cometidos contra niños, niñas y adolescentes. Detrás de la discusión sobre objeción de conciencia existe una realidad marcada por la violencia sexual y por las obligaciones que el Estado tiene respecto de la protección reforzada de la niñez.
En ese contexto, me pareció especialmente significativa la distinción planteada entre el objetor y el obstructor. Mientras el objetor ejerce formalmente un derecho reconocido por la ley, el obstructor retrasa atenciones, oculta información, cuestiona relatos, posterga exámenes o deja transcurrir plazos hasta que el derecho se vuelve impracticable. La diferencia no es menor. Porque mientras la objeción de conciencia forma parte del marco normativo vigente, la obstrucción termina convirtiéndose en una barrera para el ejercicio efectivo de derechos.
Sin embargo, las barreras no comienzan en el pabellón.
“Cuando una niña víctima de violencia sexual enfrenta demoras, cuestionamientos o barreras institucionales para acceder a una prestación garantizada por ley; cuando una adolescente teme ser juzgada por las instituciones…, no estamos frente a situaciones aisladas. Estamos frente a expresiones concretas de injusticia sexual”.
Años atrás, cuando comenzaban a implementarse programas de atención para mujeres que vivían violencia, observé una situación que sigue resonando en mi memoria. En una comuna rural, muchas mujeres dejaban de asistir a talleres o espacios de orientación simplemente porque se encontraban con vecinas, familiares o conocidas al salir de las oficinas donde recibían apoyo. El miedo al comentario, al rumor o al juicio social resultaba suficiente para alejarlas de un servicio creado precisamente para protegerlas.
Por eso creo que cuando hablamos de acceso a derechos sexuales y reproductivos también debemos hablar de estigma, de aislamiento y de miedo. Debemos preguntarnos cuántas personas nunca llegan a solicitar información, cuántas abandonan el proceso antes de iniciarlo y cuántas deciden no acercarse a los servicios de salud porque anticipan discriminación, cuestionamientos o desconfianza.
Desde una perspectiva de justicia sexual, esta pregunta es fundamental.
La justicia sexual implica reconocer que los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos. Supone promover su respeto, protección y ejercicio efectivo, observando cómo determinadas vulneraciones se encuentran estrechamente vinculadas a factores estructurales como la pobreza, las desigualdades de género, la violencia sexual, la ruralidad, la edad, el acceso a la información o las brechas territoriales. No basta con que existan leyes o prestaciones disponibles; también es necesario preguntarse quiénes pueden acceder realmente a ellas y quiénes quedan excluidas en el camino.
Cuando una niña víctima de violencia sexual enfrenta demoras, cuestionamientos o barreras institucionales para acceder a una prestación garantizada por ley; cuando una adolescente teme ser juzgada por las instituciones; cuando una mujer abandona la búsqueda de ayuda por miedo a la exposición pública, no estamos frente a situaciones aisladas. Estamos frente a expresiones concretas de injusticia sexual.
Por eso el valor del reciente informe de Corporación Humanas va mucho más allá de cuantificar porcentajes de objeción de conciencia. Su principal aporte es producir evidencia en un ámbito donde históricamente han predominado los prejuicios, las opiniones y las disputas ideológicas. Al mismo tiempo, permite visibilizar cómo determinadas prácticas institucionales, decisiones administrativas y desigualdades territoriales pueden transformarse en barreras concretas para el ejercicio de derechos.
Y quizás su mayor contribución sea invitarnos a mirar aquello que no siempre vemos.
Las que no aparecen en las estadísticas.
Las niñas que nunca alcanzaron a constituir una causal porque nadie identificó oportunamente la situación que vivían. Las adolescentes que abandonaron el proceso por miedo. Las mujeres que no solicitaron orientación porque anticiparon el juicio de su comunidad. Las personas que quedaron fuera de los registros oficiales porque el sistema nunca logró encontrarlas.
Porque después de la violencia sexual puede venir otra violencia más silenciosa: la de la indiferencia institucional, la desinformación, el estigma y las barreras que impiden ejercer derechos que existen sobre el papel, pero no siempre en la práctica.
“La justicia sexual nos interpela precisamente a revisar esas barreras. No sólo aquellas que aparecen en las leyes o en los reglamentos, sino también las que habitan en nuestras instituciones, en nuestras prácticas profesionales y en nuestras formas de comprender la sexualidad, la maternidad y la autonomía”.
Quizás por eso esta discusión trasciende el debate específico sobre la objeción de conciencia. Desde mi trabajo en Fundación SAVIA he podido observar cómo muchas mujeres que viven con VIH continúan enfrentando prejuicios en espacios de atención de salud. Algunas relatan que, durante controles ginecológicos, todavía reciben mensajes que cuestionan su deseo de ser madres, su vida sexual o su capacidad de construir proyectos de vida en igualdad de condiciones. Aunque los avances científicos han transformado radicalmente la realidad del VIH, persisten prácticas y discursos que siguen asociando estas experiencias a la culpa, al riesgo o a la incapacidad.
Lo que ocurre en estos casos remite a un desafío que atraviesa múltiples ámbitos de la vida social: ¿somos capaces de reconocer plenamente la autonomía de las mujeres para tomar decisiones sobre sus cuerpos, su sexualidad y sus proyectos de vida? Cuando profesionales, instituciones o sistemas de atención reemplazan el acompañamiento por el juicio moral, los derechos pueden existir formalmente, pero encuentran obstáculos para ejercerse en la práctica.
La justicia sexual nos interpela precisamente a revisar esas barreras. No sólo aquellas que aparecen en las leyes o en los reglamentos, sino también las que habitan en nuestras instituciones, en nuestras prácticas profesionales y en nuestras formas de comprender la sexualidad, la maternidad y la autonomía.
Por ello, resulta especialmente valioso revisar el Informe sobre Objeción de Conciencia en Chile 2025 elaborado por Corporación Humanas y explorar el Mapa de Objeción de Conciencia en Chile, una herramienta pública e interactiva que permite visualizar las desigualdades territoriales, identificar los hospitales y servicios de salud con mayores niveles de objeción de conciencia y comprender cómo estas realidades afectan el acceso efectivo a derechos sexuales y reproductivos.
Mapa de Objeción de Conciencia en Chile: Mapa de Objeción de Conciencia en Chile
Garantizar derechos no se agota en su reconocimiento legal. El desafío está en que puedan ejercerse efectivamente, sin barreras, con acceso a información oportuna y en contextos donde las personas sean tratadas con respeto y dignidad. Y mientras existan niñas, adolescentes y mujeres que queden fuera del alcance real de esos derechos, la conversación seguirá siendo necesaria.