miércoles 29 de julio de 2026

La permisología 2.0 de la Megarreforma

La indemnización ambiental incorporada a la Megarreforma corre el riesgo de sumar incertidumbre, litigios y nuevos trámites, justamente donde se prometía simplificar.

29 de julio de 2026 - 05:00

Durante los últimos años se ha intentado instalar con fuerza el concepto de “permisología ” para describir el conjunto de trámites burocráticos, permisos y autorizaciones que el Estado exige para desarrollar un proyecto, los cuales serían una de las principales causas de la baja inversión.

Se han utilizado ejemplos que bordean lo irracional, como la exigencia de corredores ecológicos para arañas que supuestamente impedirían la construcción de hospitales contra el cáncer, pirigüines que invaden un tranque e impedirían la agricultura o árboles cuya protección se transformaría en una barrera para la reconstrucción de viviendas.

Si bien ninguno de estos ejemplos es cierto en términos de haber impedido efectivamente un proyecto, el concepto de “permisología” logró arraigarse con fuerza en algunos sectores. Como expliqué en una columna anterior, se trata de una exageración utilizada para promover una flexibilización de los requerimientos ambientales que impide abordar el problema de fondo: la excesiva complejidad de los procedimientos que enfrentan proyectos públicos y privados para materializar inversiones.

Desde infraestructura de transporte hasta viviendas, sistemas sanitarios o energías renovables, existe un amplio consenso respecto de que Chile necesita instituciones ambientales robustas que promuevan la conservación de la naturaleza, junto con procedimientos más eficientes, predecibles y oportunos. El concepto de permisología es finalmente una caricatura que desvía la atención de ese debate, que sí resulta relevante para el futuro del país.

Por eso llama la atención que la medida ambiental más relevante de la denominada Megarreforma o Ley de Reconstrucción Nacional, en lugar de apostar por modernizar el sistema de permisos y entregar mayor certeza a los distintos actores, agregue una nueva capa a esta misma “permisología” mediante la creación o ampliación de mecanismos de indemnización ambiental asociados a los procesos de evaluación y autorización.

La pregunta es simple: si el objetivo es reducir barreras burocráticas y acelerar la tramitación, ¿por qué incorporar nuevas etapas potenciales de negociación, valoración económica, controversia administrativa y eventual judicialización?

La principal debilidad de este enfoque es que introduce una nueva dimensión de incertidumbre y, al mismo tiempo, un incentivo adicional para trasladar los conflictos ambientales hacia compensaciones económicas al final del proceso, desviando la discusión de lo central: aumentar la inversión y la productividad, cuidando al mismo tiempo nuestro entorno.

La experiencia demuestra que cuando los criterios de compensación o indemnización no son suficientemente claros se abren espacios para interpretaciones divergentes entre titulares de proyectos, comunidades, servicios públicos y tribunales. No existe hasta ahora una experiencia comparable a nivel internacional, lo que aumenta la incertidumbre respecto de sus efectos prácticos. Lo único concreto es que se construye una nueva capa de procedimientos.

Ya no bastará con determinar si un proyecto evita, mitiga o compensa adecuadamente sus impactos ambientales. También será necesario discutir cuánto vale la elaboración del proyecto y los costos hundidos de una empresa, determinar bajo qué metodología se calculará esa indemnización y cómo se fiscalizará posteriormente su cumplimiento.

Cada una de esas preguntas puede transformarse en informes técnicos, observaciones, recursos administrativos y litigios judiciales. Es decir, exactamente aquello que se pretende disminuir cuando se habla de combatir la famosa “permisología.

Paradójicamente, una reforma diseñada para agilizar inversiones podría terminar aumentando los costos transaccionales del sistema. No necesariamente porque existan más exigencias ambientales, sino porque existirán más incertidumbres institucionales.

La protección ambiental moderna se ha construido sobre un principio ampliamente aceptado: prevenir es mejor que reparar. La legislación ambiental chilena ha avanzado precisamente en exigir que los impactos sean identificados tempranamente y que las medidas de mitigación, reparación o compensación formen parte del diseño de los proyectos.

Desde una perspectiva territorial, este problema es particularmente sensible. Los ecosistemas urbanos, humedales, corredores biológicos, cuencas y áreas verdes poseen valores ambientales que muchas veces no pueden expresarse adecuadamente en términos económicos. La pérdida de biodiversidad, de conectividad ecológica o de servicios ecosistémicos difícilmente se resuelve mediante una ecuación financiera.

¿Cuánto vale respirar aire limpio en Quintero-Puchuncaví? ¿Y cuánto vale la elaboración de un proyecto que contamina en esa misma zona? La ausencia de respuestas claras puede transformarse en un nuevo problema dentro de una legislación ambiental que ya es compleja y altamente litigiosa.

El camino parece ser otro. Primero, fortalecer las capacidades técnicas de los servicios públicos para responder dentro de plazos acotados y basados en evidencia. Segundo, eliminar duplicidades entre organismos que entregan autorizaciones. Tercero, incorporar herramientas de digitalización e interoperabilidad que faciliten la gestión pública. Cuarto, mejorar la planificación territorial estratégica para que muchas discusiones ambientales ocurran antes de que ingresen los proyectos y no durante su tramitación.

Los inversionistas necesitan reglas claras, pero las comunidades también requieren garantías efectivas de protección ambiental. Ambas necesidades son compatibles cuando las instituciones funcionan adecuadamente. Vale la pena preguntarse entonces: si un proyecto obtiene una Resolución de Calificación Ambiental favorable y posteriormente se reconoce que sus impactos no fueron adecuadamente compensados, ¿deberá el Estado asumir también algún tipo de responsabilidad frente a las comunidades afectadas?

La discusión de fondo no debe plantearse como una falsa dicotomía entre desarrollo económico y protección ambiental. Chile necesita más inversión, más infraestructura y más empleo. Pero también requiere ecosistemas saludables, ciudades resilientes y territorios capaces de enfrentar la crisis climática.

La paradoja es evidente. Mientras se denuncia la permisología como una de las principales barreras para la inversión, se propone un mecanismo que podría multiplicar precisamente los espacios de disputa, interpretación y judicialización. La pregunta básica es: ¿queremos un sistema que prevenga los impactos ambientales con reglas claras y decisiones oportunas, o uno que traslade los conflictos a una nueva etapa de compensaciones inciertas?

Porque si la respuesta es lo segundo, la Megarreforma no estará simplificando el Estado. Estará inaugurando la permisología 2.0.

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