Desde febrero de este año empezaron a regir nuevas obligaciones de la Ley de Plásticos de Un Solo Uso, que exigen cambios de hábito para los fonderos en estas Fiestas Patrias, ya que no podrán entregar envases desechables de plástico de un solo uso y deberán ofrecer puntos de reciclaje.
¿Qué plásticos están prohibidos en las fondas?
De acuerdo con la normativa vigente:
- Está prohibido entregar bombillas, revolvedores, cubiertos y palillos de plástico de un solo uso.
- Los vasos, platos, bandejas, pocillos y otros productos desechables deben estar elaborados con materiales valorizables distintos del plástico como cartón, bambú o con plástico debidamente certificado.
- Si se utiliza plástico certificado, el establecimiento debe exhibir de manera visible el certificado correspondiente.
- Los establecimientos deben informar a sus clientes sobre la forma adecuada de valorizar estos residuos y sensibilizar sobre su impacto ambiental.
¿Qué pasa si hay incumplimientos?
El cumplimiento de la ley corresponde a quienes explotan o administran los establecimientos de expendio de alimentos. Las municipalidades están a cargo de fiscalizar y cualquier persona puede denunciar una eventual infracción.
Las sanciones son aplicadas por los juzgados de policía local y pueden alcanzar entre 1 y 5 UTM por cada producto de un solo uso entregado en contravención a la normativa.