martes 04 de agosto de 2026
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MMA inicia invalidación de consulta indígena del SBAP tras detectar irregularidades administrativas

El Ministerio del Medio Ambiente identificó inconsistencias en el proceso de consulta indígena para SBAP y abrió un procedimiento para corregirlas.

4 de agosto de 2026 - 11:30

El Ministerio del Medio Ambiente (MMA) resolvió iniciar un procedimiento de invalidación asociado al proceso de consulta indígena realizado en 2025 en el marco de la implementación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), luego de identificar inconsistencias administrativas en los antecedentes que sustentaron el cierre de dicha instancia.

La decisión se adoptó tras una revisión de los procedimientos administrativos vinculados a la aplicación de la Ley N.º 21.600, normativa que creó el SBAP, análisis que la cartera desarrolla desde marzo de 2026. En este proceso también fueron considerados los antecedentes aportados en el recurso de protección presentado por la Comunidad Atacameña de Socaire ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta.

El análisis permitió constatar que, luego del Diálogo Nacional realizado en diciembre de 2025, se extravió el listado original de firmas de los representantes indígenas que suscribieron el Acta de Acuerdos y Desacuerdos, documento que no fue incorporado al expediente oficial del proceso.

Asimismo, el ministerio indicó que el procedimiento posterior para reconstruir las firmas, encargado a las distintas Secretarías Regionales Ministeriales (Seremis) de Medio Ambiente del país, no logró reconstruir íntegramente dicho respaldo documental.

Esta situación mantuvo inconsistencias respecto de la trazabilidad y completitud de los antecedentes utilizados para sustentar el cierre de la consulta indígena.

Resolución Exenta N.º 04158 inicia procedimiento de invalidación

Tras la revisión y análisis de los antecedentes recopilados durante los últimos meses, el Ministerio del Medio Ambiente emitió la Resolución Exenta N.º 04158, de fecha 27 de julio de 2026, mediante la cual formalizó la apertura del procedimiento de invalidación.

La medida considera la revisión del Acta de Acuerdos y Desacuerdos y de la resolución que declaró el cierre de la consulta indígena, luego que la cartera determinara que el expediente no contaba con todos los elementos requeridos para acreditar adecuadamente el desarrollo y cierre del proceso consultivo.

El inicio de este procedimiento no implica una invalidación ya resuelta de dichos actos administrativos, sino la apertura de una instancia destinada a analizar y corregir las observaciones identificadas.

Objetivo es resguardar derechos indígenas e implementación del SBAP

Según explicó el Ministerio del Medio Ambiente, la decisión busca corregir las irregularidades detectadas, resguardar los derechos de los pueblos indígenas y fortalecer los estándares de legalidad, transparencia y trazabilidad administrativa asociados a procesos de esta relevancia.

Además, la cartera señaló que la medida apunta a asegurar una implementación sólida y legítima del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, organismo creado por la Ley N.º 21.600 como parte de la institucionalidad ambiental chilena.

La revisión continuará en el marco del procedimiento administrativo iniciado, con el objetivo de subsanar las inconsistencias identificadas y fortalecer las condiciones del proceso relacionado con la consulta indígena.

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