lunes 15 de junio de 2026
Judicial

Jefa de cajas intentó revertir despido por reingresar carne fuera de cadena de frío: Corte rechazó su demanda

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la demanda de una jefa de cajas y validó su despido por reingresar carne fuera de norma a la venta.

15 de junio de 2026 - 18:00

Una trabajadora que se desempeñaba como jefa de cajas demandó a su exempleadora para revertir su despido y obtener indemnizaciones. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que incumplió protocolos de seguridad alimentaria al reingresar productos cárnicos que habían perdido la cadena de frío, por lo que declaró ajustada a derecho su desvinculación.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto comenzó luego de que el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogiera la demanda por despido injustificado presentada por la trabajadora y condenara a la empresa Administradora de Supermercados Express Ltda. al pago de indemnizaciones legales.

La compañía recurrió de nulidad argumentando que la sentencia omitió valorar prueba relevante que respaldaba los hechos descritos en la carta de despido, entre ellos declaraciones de testigos y un informe de seguridad interno.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

Al revisar el caso, la Décima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que el tribunal de primera instancia no analizó adecuadamente un informe de seguridad fechado el 8 de mayo de 2024, documento que corroboraba el testimonio de una jefatura respecto de un incidente ocurrido días antes.

Según los antecedentes acreditados, la trabajadora recibió paquetes de carne devueltos por un cliente debido a que habían perdido la cadena de frío.

En vez de destinarlos a merma, procedimiento exigido por los protocolos internos, los devolvió a la zona de ventas para que pudieran ser nuevamente comercializados.

La sentencia de reemplazo sostuvo que, dada su función de jefa de cajas, la trabajadora conocía las normas de manejo de alimentos y las obligaciones establecidas en el reglamento interno de la empresa.

Por ello, estimó que su conducta constituyó un incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.

El tribunal agregó que la actuación generó un riesgo para la salud de los consumidores al permitir que productos que debían ser retirados de circulación pudieran volver a estar disponibles para la venta.

Con estos antecedentes, la Corte acogió el recurso de nulidad presentado por la empresa, anuló la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago y, en fallo de reemplazo, rechazó íntegramente la demanda por despido injustificado presentada por la trabajadora.

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