Una intervención por una hernia inguinal terminó con graves complicaciones para un paciente con enfermedad de Parkinson, luego de permanecer más de 19 horas sin recibir su tratamiento habitual. El 27.º Juzgado Civil de Santiago condenó a la Universidad de Chile a pagarle $20.000.000 por daño moral debido a las fallas en su atención médica.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso se originó tras una cirugía realizada en el Hospital Clínico de la Universidad de Chile.
Durante el juicio se acreditó que el equipo médico no dejó instrucciones sobre cuándo debía suspenderse ni reanudarse la medicación para controlar el Parkinson, pese a que se trataba de un tratamiento permanente y que la enfermedad estaba consignada en la ficha clínica del paciente.
Según estableció el tribunal, el afectado permaneció sin recibir sus medicamentos desde la noche previa a la operación y solo volvió a administrárselos después de la cirugía, luego del reclamo de un familiar y de consultar al cirujano tratante.
La jueza Jacqueline Dunlop Echevarría sostuvo que la ficha clínica no contenía indicaciones sobre los horarios de suspensión y reinicio del tratamiento, omisión que calificó como una falta al deber de cuidado exigible frente a un paciente con una enfermedad neurológica crónica.
¿Qué decidió el 27.º Juzgado Civil de Santiago?
La sentencia también estableció que, tras la intervención, el paciente presentó pérdida de fuerza en una pierna, dolor y un hematoma en el cono medular de la médula espinal.
El tribunal concluyó que esos daños se relacionaban con la falta de un manejo adecuado de la enfermedad de Parkinson antes y después de la cirugía.
El fallo destacó que los propios médicos reconocieron que el Parkinson requiere un tratamiento farmacológico permanente y una planificación específica cuando un paciente será sometido a una operación. Sin embargo, en este caso no existieron instrucciones claras para el personal de salud respecto del manejo de la medicación.
Por ello, el 27.º Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda de indemnización de perjuicios y condenó a la Corporación Educacional Universidad de Chile a pagar $20.000.000 por concepto de daño moral al paciente afectado.