Maternidad subrogada podría convertirse en delito: Avanza proyecto que sanciona con cárcel comercio de la gestación
El pasado lunes, la Comisión de Familia de la Cámara aprobó en general la idea de tipificar como delito la maternidad subrogada —también conocida como vientre de alquiler— por ser "contraria a la dignidad de las mujeres, niños y niñas", estableciendo sanciones de penas de cárcel.
El proyecto (boletín 17337-07) presentado por el diputado Juan Irarrázaval (Republicanos), con patrocinio de otros seis parlamentarios, fue aprobada con 9 votos a favor.
¿Qué medidas propone este proyecto?
Primero, busca anular los contratos de gestación por sustitución y establecer legalmente que la filiación materna se determine por el parto.
Además, tipifica como delito "la intermediación, promoción, organización y comercialización de la maternidad subrogada", estableciendo desde multas hasta penas de cárcel.
Desde un enfoque preventivo, el proyecto prohíbe la transferencia de óvulos con fines de reproducción y la adopción por parte de parejas que hayan participado en un acuerdo de maternidad subrogada.
¿Por qué se busca prohibir la maternidad subrogada?
El autor del proyecto sostiene que esta práctica es contraria a la dignidad de las mujeres al ser observada como una forma de "mercantilización de la gestación". Datos de la
Además, busca la protección de la mujeres de escasos recursos, quienes son las que en mayoritariamente se ofrecen como vientre subrogante. De hecho, el proyecto de ley describe el caso argentino en el que profesionales de la salud presuntamente captaban a mujeres en situación de vulnerabilidad para convencerlas de ingresar al negocio.
Por otro lado, la maternidad subrogada es contraria a los Derechos del Niño al dificultar "la posibilidad de que el niño o la niña conozcan a las personas que aportaron material genético esencial para su existencia", se lee en el proyecto.
En la misma línea, la iniciativa sigue los principios del Derecho Internacional que no reconoce la existencia del derecho a tener un hijo, pues "no es un bien o un servicio que el Estado pueda garantizar o suministrar".
Finalmente, en materia jurídica se entiende que el estado civil de hijo o madre es intransferible ya que "el cuerpo humano y sus partes no pueden ser objeto de contrato".