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Ciclista quedó con 90% de discapacidad tras ser impactado por bus: Corte aumentó indemnización a más de $220 millones
Agencia Uno (Referencial)

Ciclista quedó con 90% de discapacidad tras ser impactado por bus: Corte aumentó indemnización a más de $220 millones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 10.10.2025
La Corte de Apelaciones de Santiago elevó a más de $220 millones la indemnización que la empresa Líder SA deberá pagar a la familia de un ciclista con 90% de discapacidad, al confirmar su responsabilidad por el accidente ocurrido en Camino a Melipilla en 2015.

El 23 de septiembre de 2015, un ciclista fue atropellado por un bus interurbano en la avenida Camino a Melipilla, en Santiago.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el impacto le provocó graves lesiones en la cabeza que le dejaron con una discapacidad global del 90%, principalmente de causa psíquica y física.

Desde entonces, su esposa y sus tres hijos han debido asumir los costos de tratamientos médicos, rehabilitación, adecuación de vivienda y cuidados permanentes.

El conductor del bus fue condenado penalmente por cuasidelito de lesiones graves gravísimas, lo que dio origen a la demanda civil contra la empresa propietaria del vehículo, Compañía de Servicios para la Locomoción Colectiva Líder SA.

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El Octavo Juzgado Civil de Santiago, en 2022, acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por la familia, reconociendo la responsabilidad extracontractual de la empresa en el accidente.

El tribunal ordenó pagar $91.290.697 por daño emergente y $70.000.000 por daño moral a la cónyuge e hijos del afectado.

La empresa apeló buscando reducir el monto, argumentando que el ciclista había actuado con imprudencia al transitar por una vía no habilitada, mientras que la parte demandante pidió aumentar la indemnización considerando los gastos médicos y las consecuencias permanentes del accidente.

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros José Pablo Rodríguez, Tomás Gray y el abogado integrante Jorge Benítez, confirmó la responsabilidad de la empresa y rechazó los argumentos de la defensa.

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El tribunal sostuvo que “se dio por establecida la culpa del conductor del bus y, por necesaria consecuencia, también la responsabilidad de su empleador por el hecho ajeno”, en aplicación del artículo 2320 del Código Civil.

La Corte elevó significativamente el monto total de la indemnización.

Aumentó a $138.340.606 la compensación por daño emergente, concedió $12.065.000 por lucro cesante —calculado entre la fecha del accidente y la declaración de interdicción del afectado en diciembre de 2017— y mantuvo los $70.000.000 por daño moral, reconociendo el impacto emocional y económico que el hecho provocó en la familia.

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