El caso se remonta a fines de febrero de 2025, cuando una postulante extranjera al subsidio habitacional DS1 Tramo 1 supo que había quedado fuera del proceso por figurar con “residencia definitiva no vigente”.
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Según se puede apreciar en el fallo judicial, la mujer, que tenía $16.784.261 ahorrados en su cuenta para la vivienda y un puntaje de 640 —superior al corte nacional de 563,26—, alegó que la exclusión era errónea, pues su permanencia estaba vigente hasta 2027.
Presentó un recurso administrativo ante el Serviu Maule con el certificado del Servicio Nacional de Migraciones y su cédula vigente.
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También buscó respuestas con funcionarios y, ante la falta de solución, recurrió a la Contraloría. Esta instruyó que se resolviera su apelación, pero solo recibió una carta genérica que no enmendó el error.
Frente a la indefinición, interpuso un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Talca.
El Serviu alegó que no era responsable de la exclusión, ya que la revisión la efectúa la División de Política Habitacional del Minvu con datos del Servicio Nacional de Migraciones, y sostuvo que no tenía facultades para adjudicar subsidios.
El tribunal analizó los antecedentes y verificó que la residencia definitiva de la recurrente estaba vigente y que el error provenía de un cruce de información externo.
Además, estableció que la situación había sido subsanada durante el mismo proceso y que la postulante ya había obtenido el subsidio.
Por estas razones, la Corte resolvió rechazar la acción constitucional con costas, al no existir un acto ilegal o arbitrario atribuible al Serviu Maule.
Hubo prevención del ministro Gerardo Bernales Rojas, quien estimó que la recurrente tenía motivos plausibles para recurrir y que no debía imponerse el pago de costas.