
Mujer sufrió desgarro tras caída en escalera mecánica defectuosa del Mall Plaza Oeste: Corte ordenó pagarle $8 millones
Mientras realizaba compras en un supermercado ubicado al interior del Mall Plaza Oeste, una mujer cayó en una escalera mecánica debido a una falla en su funcionamiento.
Según se puede apreciar en el fallo judicial al que tuvo acceso El Desconcierto, el accidente, ocurrido en Huechuraba, le provocó lesiones graves en la rodilla, incluyendo un desgarro de tendón cuádriceps y bursitis supra rotuliana.
Tras ser atendida médicamente, debió someterse a un proceso de rehabilitación kinesiológica, lo que motivó una demanda por infracción a la Ley del Consumidor contra Mall Plaza Oeste S.A. y Supermercado Hiper Líder Limitada.
El Juzgado de Policía Local de Huechuraba condenó a ambas empresas a pagar $545.510 por daño emergente y $10.000.000 por daño moral, además de una multa de 50 UTM para cada una.
Mientras el fallo quedó firme respecto del supermercado, Mall Plaza Oeste apeló, alegando que no era responsable del accidente, que la multa era excesiva y que el daño moral no había sido probado.
La Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Patricio Martínez Benavides, Claudia Lazen Manzur y la fiscal judicial Carla Troncoso Bustamante, confirmó la responsabilidad de la empresa, pero acogió parcialmente sus argumentos.
En relación al daño moral, el tribunal señaló que las lesiones fueron acreditadas con documentación médica, pero que no se probó la existencia de secuelas permanentes, ya que los testimonios ofrecidos eran “sólo de oídas”.
Por ello, rebajó la indemnización a $2.500.000, aplicable únicamente a Mall Plaza Oeste, manteniéndose firme la condena de $5.000.000 contra el supermercado, que no apeló.
Asimismo, la Corte revisó la multa impuesta, concluyendo que correspondía disminuirla, quedando reducida de 50 a 10 UTM para Mall Plaza Oeste.
“La negativa de la apelante a asumir la mantención de los dispositivos mecánicos no fue acreditada”, sostuvo el fallo, agregando que la responsabilidad en estos casos alcanza a ambas empresas, por tratarse de un recinto compartido.
En definitiva, la Corte resolvió que Mall Plaza Oeste deberá pagar $2.500.000 por concepto de daño moral, además de su parte del daño emergente, y una multa de 10 UTM, ratificando que el accidente configuró infracción a los artículos 3 letra d) y 23 de la Ley N.º 19.496.