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Camila Polizzi logra que medios de comunicación bajen grabación indebida de sus hijas: Deben borrar imágenes en 15 días
Agencia Uno

Camila Polizzi logra que medios de comunicación bajen grabación indebida de sus hijas: Deben borrar imágenes en 15 días

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 13.03.2025
La Corte de Concepción ordenó eliminar imágenes de las hijas de Polizzi difundidas por medios, al considerar que su exposición fue arbitraria e ilegal. Los responsables deberán borrar el material y acreditar su cumplimiento en un plazo de 15 días hábiles.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección interpuesto en favor de las hijas de Camila Polizzi y determinó que los medios de comunicación que registraron y difundieron imágenes de las menores deberán eliminarlas de todas sus plataformas y archivos.

La decisión del tribunal se basó en la vulneración de los derechos fundamentales de las niñas, quienes fueron expuestas de manera injustificada en el marco de la cobertura del denominado caso Convenios.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Fabio Jordán Díaz, la ministra Margarita Sanhueza Núñez y el abogado (i) Marcelo Matus Fuentes– estableció que la grabación y difusión de imágenes de las menores constituye un acto arbitrario e ilegal.

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La resolución subraya que “la libertad de información no puede ejercerse con absoluta prescindencia de otros derechos”, añadiendo que en este caso, los medios involucrados expusieron a las hijas de la imputada sin que ello tuviera relación con el hecho noticioso.

El hecho noticioso debe ser cubierto e informado en su esencia, sin necesidad de afectar a terceros, y en ningún caso afectar a niños, niñas y adolescentes, como en los hechos acá ocurrió”, señala el fallo.

El tribunal enfatizó que el principio del interés superior de los menores está consagrado tanto en la legislación nacional como en tratados internacionales suscritos por Chile.

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En ese sentido, se recalca que “resulta del todo impertinente que profesionales del área de la información incurrieran en dichos hechos, involucrando a menores de edad, a sabiendas de la normativa vigente, y especialmente de las disposiciones de la Ley 21.430”.

Ante estos antecedentes, la Corte resolvió ordenar a los medios de comunicación responsables la eliminación total de las imágenes de las menores tanto de redes sociales como de cualquier otro medio de almacenamiento digital o físico en su poder.

Además, estableció que deberán informar sobre el cumplimiento de esta medida en un plazo de 15 días hábiles desde que la sentencia quede firme.

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