
Los 3 delitos de carácter sexual que inhabilitarán a condenados sacar licencia de conducir profesional
Este lunes, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de ley que prohibe a personas condenadas por delitos de carácter sexual renovar o sacar licencia de conducir profesional ni desempeñarse en ninguna modalidad de servicios de transporte público.
El proyecto modifica la Ley de Tránsito y limita la emisión del documento a quienes hayan cometido lso delitos de violación; estupro y delitos sexuales relacionados; y explotación sexual comercial y material pornográfico de niños, niñas y adolescentes.
En concreto, se solicitará el certificado de antecedentes para fines especiales a quienes deseen sacar su licencia de conducir en caso de las clases A-1, A-2 y A-3.
Además, los condenados por los delitos ya mencionados que se desempeñen en modalidades de transporte público de pasajeros serán sancionados con la cancelación de la licencia de conducir.
Por otro lado, los operadores de servicios de transporte público estarán obligados a exigir cada semestre la acreditación correspondiente que demuestre que sus conductores no incumplen esta nueva normativa.
A su vez, en caso de cualquier cambio en la acreditación los operadores deberán informar de esta modificación al Ministerio de Transportes.
El proyecto viene a fortalecer la protección de las y los pasajeros del transporte público, luego de que en varias regiones se registraran personas víctimas de agresión sexual, en su mayoría mujeres, por parte de choferes.