Ordenaron su arresto por no pagar cotizaciones de extrabajadora: Deuda pasó de $561 mil a $16 millones y Suprema anuló la medida
Un emprendedor de Talcahuano fue notificado de que tenía una orden de arresto por 10 días debido a una supuesta deuda previsional.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, aunque ya había pagado lo que le correspondía, el tribunal le exigía más de 16 millones de pesos por intereses y reajustes acumulados desde 2014, una suma que aseguró no poder pagar.
El problema comenzó cuando una AFP inició una demanda en su contra por cotizaciones impagas de una trabajadora.
Según explicó, la relación laboral terminó el 31 de enero de 2014 y todas las obligaciones fueron cumplidas.
Sin embargo, con el paso de los años, la deuda original de poco más de 500 mil pesos creció de manera excesiva debido a los recargos y reajustes.
El emprendedor argumentó que no tenía cómo afrontar ese cobro porque su única fuente de ingresos, un local comercial en el centro de Talcahuano, fue completamente destruido por el terremoto y tsunami del 27 de febrero de 2010.
Tras el desastre, se vio obligado a cerrar su negocio definitivamente y dejó constancia de esto en el Servicio de Impuestos Internos y otras instituciones fiscales.
Para demostrar que no debía las cotizaciones, contactó a la extrabajadora afectada, quien confirmó que su contrato terminó por mutuo acuerdo y que no le debían dinero.
A pesar de esto, el tribunal no le permitió intervenir en el proceso, argumentando que las cotizaciones previsionales son un derecho irrenunciable, incluso cuando la persona involucrada asegura que la deuda no existe.
Ante la amenaza de ser detenido, el emprendedor presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Concepción, alegando que la orden de arresto era injusta y violaba su derecho a la libertad.
La Corte acogió su solicitud y anuló la orden, señalando que una medida de arresto solo puede aplicarse sobre la deuda original y no sobre los intereses y reajustes acumulados con el tiempo.
Con este fallo, el empresario ya no enfrenta la posibilidad de ir a la cárcel por la deuda, aunque la AFP aún puede seguir con el proceso de cobro por otras vías legales.
La Corte dejó claro que, aunque las cotizaciones previsionales deben pagarse, no se pueden imponer medidas de apremio sobre montos que han crecido de manera excesiva a lo largo de los años.