Por no haber regulación canal de TV no será sancionado por emitir publicidad de apuestas en horario de protección
Agencia Uno

Por no haber regulación canal de TV no será sancionado por emitir publicidad de apuestas en horario de protección

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 17.12.2024
La Corte de Apelaciones de Santiago anuló la multa de 20 UTM ($1.345.880) impuesta a Chilevisión y la Universidad de Chile por emitir publicidad de apuestas deportivas en horario protegido, al determinar que no existe una ley que prohíba expresamente estos anuncios.

La historia comenzó el 17 de octubre de 2023, cuando durante la transmisión de un partido de fútbol por Chilevisión, se emitieron cinco comerciales sobre apuestas deportivas en línea.

Estas publicidades aparecieron en horario de protección de menores, es decir, entre las 6 de la mañana y las 10 de la noche, un horario en que la televisión debe ser especialmente cuidadosa con el contenido que transmite, para no afectar a niños y adolescentes.

El Consejo Nacional de Televisión (CNTV), encargado de supervisar los contenidos televisivos, consideró que estos comerciales podían influir negativamente en menores, al mostrar anuncios que, según ellos, promueven juegos de azar.

[Te puede interesar] Estudiante acusó a universidad de cobrarle $8 millones más de arancel y justicia ordena devolverle $1.400.000

Por esta razón, sancionaron a la Universidad de Chile, como concesionaria de la señal, y a Chilevisión, imponiéndoles una multa de 20 UTM ($1.345.880).

Los canales no estuvieron de acuerdo con la sanción y apelaron la decisión. Argumentaron que las apuestas deportivas en línea no son lo mismo que los juegos de azar, como los que se realizan en los casinos físicos, y que no existe una ley específica que prohíba este tipo de publicidades en la televisión.

Además, aseguraron que los anuncios no estaban dirigidos a menores, ya que no usaban dibujos animados, personajes infantiles ni elementos llamativos para ellos.

La Corte de Apelaciones de Santiago revisó el caso y finalmente revocó la sanción impuesta por el CNTV.

La Corte determinó que las apuestas deportivas en línea no están reguladas por la legislación actual, por lo que no existe una norma que prohíba expresamente este tipo de publicidades en televisión.

[Te puede interesar] Construyeron viviendas y taller mecánico en terreno con "riesgo eléctrico" de empresa: Ordenan desalojo

En palabras simples, la Corte señaló que el CNTV no podía sancionar algo que no está claramente prohibido en la ley, ya que esto vulneraría el principio básico de que nadie puede ser castigado por algo que no está tipificado como infracción.

La Corte también mencionó que existe un vacío legal en esta materia y que actualmente hay proyectos de ley en el Congreso que buscan regular las apuestas en línea y su publicidad.

Sin embargo, no todos los jueces estuvieron de acuerdo con esta decisión. El ministro Tomás Gray votó en contra y sostuvo que la sanción del CNTV era válida, porque el Consejo tiene la obligación de proteger a los menores y evitar contenidos que puedan influir negativamente en ellos, como las apuestas.

[Te puede interesar] Isapre negó terapias psicológicas para su hijo con autismo y Corte ordena con fallo prestarlas