
Rebajan indemnización a mujer que fue torturada en presencia de sus hijos en dictadura
El 23 de abril de 1974, una mujer sufrió un brutal ataque en su propio hogar por parte de agentes de la Fuerza Aérea y del Comando Conjunto.
Según lo que se señala en el fallo judicial, el asalto fue motivado por su relación sentimental anterior con un miembro de la Comisión Política del MIR, a quien había arrendado un vehículo.
En el violento allanamiento, los agentes encontraron el comprobante de arrendamiento y, bajo extrema coerción, interrogaron a esta mujer y a sus dos hijos menores sobre el paradero del hombre, antes de llevarlos a la Academia de Guerra Aérea.
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Además, en el fallo judicial se destaca que durante el traslado, en un acto de extrema crueldad, uno de los agentes quemó co un cigarro las piernas de la hija menor de la mujer , de tres años, para presionarla a entregar información.
Su hijo de cinco años fue testigo de los tormentos infligidos a su madre y hermana, y también fue sometido a tortura.
Estos eventos marcaron el inicio de un largo sufrimiento para la mujer y su familia, ya que los servicios de seguridad continuaron persiguiéndola debido a su conexión con el miembro de la Comisión Política del MIR.
Esta constante amenaza la forzó a huir de Chile el 14 de junio de 1974, tras lo cual vagó por varios países antes de llegar a Francia bajo la protección de la ACNUR.
Después de décadas de buscar justicia, el tribunal de alzada ha dictaminado a favor de la mujer, otorgándole una indemnización de 50 millones de pesos por daño moral.
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La Tercera Sala del tribunal de alzada, integrada por las ministras Maritza Villadangos, Carolina Brengi y la abogada Soledad Krause, ratificó la sentencia del Primer Juzgado Civil de Santiago, ajustando la indemnización en relación directa con el daño acreditado.
El fallo del tribunal también incluye provisiones para ajustar la indemnización de acuerdo con la inflación para asegurar que la mujer reciba una suma que refleje adecuadamente el poder adquisitivo actual, y ordena el pago de intereses desde la fecha en que el fallo se ejecutoríe.