Piden que "Papitos corazón" no puedan ingresar a casinos para priorizar pagos de pensiones
Diversos diputados impulsaron un proyecto de ley que tiene como principal objetivo fortalecer las medidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimenticias prohibiendo a los deudores de pensión de alimentos ingresar a los casinos.
Además, añaden que esta moción se da en un contexto donde la pensión de alimentos es un derecho fundamental de los hijos y una obligación de los padres para con ellos. Sin embargo, es un problema recurrente en la sociedad chilena que muchos padres incumplen con la obligación de pago de este derecho.
De hecho, en el estudio “Pensiones de Alimentos: Algunas razones para explicar el fenómeno del incumplimiento” que fue realizado en el año 2021, se afirma que cerca del 84% de las pensiones alimenticias decretadas por los tribunales de familia son incumplidas, donde un 65% del total de personas que no reciben la pensión de alimentos corresponde a la población de menos ingresos de Chile.
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Un dato importante es que a pesar de todos los esfuerzos que se han hecho para reforzar la fiscalización y el pago de las pensiones de alimentos, se sostiene que sigue siendo un desafío pendiente.
Es por esto que esta moción busca que se refuerce esta temática prohibiendo el ingreso a casinos de juego a personas que cuenten con una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
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¿Qué se propone en esta moción?
Los diputados proponen los siguientes puntos:
- Modificar la Ley N°21.389, que Crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de las pensiones de alimentos, para incorporar un nuevo artículo 39 bis, del siguiente tenor:
- Artículo 39 bis.- Del ingreso a Casinos de Juego. Las personas que posean una inscripción vigente en el Registro, en calidad de deudor de alimentos, no podrán ingresar a casinos de juego regulados por la ley N°19.995, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego”.
- Modificar la Ley N°19.995, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego, para:
- Incorporar en el inciso primero de su artículo 9 el siguiente literal g) nuevo:
- Las personas que posean una inscripción vigente en el Registro Nacional de deudores de pensiones de alimentos regulado por la ley N°21.389, en calidad de deudor de alimentos".
- Incorporar en el inciso primero de su artículo 10 el siguiente literal nuevo:
- Las personas que posean una inscripción vigente en el Registro Nacional de deudores de pensiones de alimentos regulado por la ley N°21.389, en calidad de deudor de alimentos".
- Incorporar en su artículo 48 un inciso final nuevo, del siguiente tenor.
- “Misma sanción se aplicará a los operadores de casinos de juego que permitan el ingreso o la permanencia en las salas de juego de las personas indicadas en el literal d) del artículo 10".
- Incorporar un nuevo inciso final al artículo 214 al Código Penal, del siguiente tenor:
- “Asimismo, se aumentará en un grado la pena si la conducta descrita en el inciso anterior se ejecuta con la intención de vulnerar o eludir las prohibiciones establecidas en la ley N°21.389".
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Es importante consignar que el proyecto de ley que se encuentra en primer trámite constitucional pasó a la Comisión de la Familia de la Cámara Baja.