Colombiano condenado en su país evitó expulsión al demostrar intachable conducta en Chile

Colombiano condenado en su país evitó expulsión al demostrar intachable conducta en Chile

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 19.10.2023
El ciudadano colombiano cumplió una condena en su país por el delito de tráfico de armas, e ingresó a Chile por paso habilitado y como turista en 2016, manteniendo a la actualidad una conducta irreprochable, por lo que la Corte Suprema desestimó la expulsión.

Un ciudadano colombiano ingreso a Chile con visa de turista por el paso habilitado de Chacalluta, el 25 de agosto de 2016 y el 12 de julio de 2021 ingresó la solicitud de regularización migratoria.

El 17 de mayo de 2023 fue cuando, a través de un correo electrónico, recibió una notificación que le comunicaba que su solicitud había sido rechazada porque el solicitante tenía antecedentes negativos, en particular, una condena en su país de origen por el delito de tráfico de armas de fuego.

Es por esto que el ciudadano colombiano decidió apelar a la decisión, argumentando que la decisión es arbitraria e ilegal, ya que el delito había tenido lugar en Colombia en 1998 y cuya pena fue cumplida en 1999.

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Además, señaló que el hecho transcurrió veinte años después de presentar la solicitud, en circunstancias en las que su conducta en Chile es irreprochable y mantiene actualmente arraigo familiar, al estar casado y tener hijos chilenos con su cónyuge, siendo el actor el sustento de su familia.

La Corte de Santiago rechazó el recurso de amparo, señalando que, “si bien el amparado en su recurso manifiesta su arraigo laboral y social, y el tiempo transcurrido desde el cumplimiento de la condena como fundamento de solicitud, lo cierto es que la redacción de la norma es clara en señalar que se otorgará el mencionado visado 'a todos aquellos que no tengan antecedentes penales', sin aludir a la temporalidad de los reproches penales pretéritos u otras circunstancias referidas en el recurso”.

Por otra parte, la Corte Suprema revocó la decisión en alzada, luego de razonar que “según aparece del mérito de los antecedentes, el amparado fue condenado en Colombia por el delito referido en el año 1998, y que el 10 de diciembre de 1999 se declaró la extinción de la pena”.

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Además, añadieron que "el amparado tiene arraigo familiar y laboral, y vive desde hace aproximadamente seis años en Chile, sin que registre, desde la condena del año 1999, otro tipo de antecedente penal”.

Es por esta razón que la Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago y acogió el recuso de amparo, dejando sin efecto la resolución recurrida.

Junto con lo anterior, ordenó estudiar nuevamente la solicitud de regularización extraordinaria en atención a los antecedentes de la presente causa.

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