Plásticos de un Solo Uso: Denuncian a Lider y a Jumbo por no vender botellas retornables

Plásticos de un Solo Uso: Denuncian a Lider y a Jumbo por no vender botellas retornables

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 29.08.2022
De acuerdo con la normativa, los supermercados deben incluir envases de bebidas retornables en todos sus canales de venta. La ley fomentó el uso de la botella retornable porque genera menos desechos plásticos y tiene una menor huella de carbono y un menor gasto energético.

El pasado 24 de agosto, la organización de conservación marina Oceana presentó en tribunales una denuncia en contra de las cadenas de supermercados Lider y Jumbo, por no tener a disposición de los consumidores bebidas retornables en sus canales de venta digitales, cuestión que es exigida en la Ley N° 21.368 que regula la entrega de plásticos de un solo uso. 

“El propósito de esta demanda es poner una voz de alerta sobre la importancia de cumplir con una regulación que tiene como objetivo la reducción de productos desechables y potenciar la retornabilidad de las botellas”, señaló Javiera Calisto, Directora Jurídica de Oceana Chile. “Si bien será el tribunal quien determinará si existió o no infracción a la ley, llamamos a los supermercados a ofrecer desde ya botellas retornables en sus plataformas digitales, considerando que son muchas las personas que utilizan esta vía para hacer sus compras”, añadió. 

La acción legal fue interpuesta ante el Juzgado de Policía Local de Providencia tras verificarse por medio de un Notario Público que ninguna de las dos cadenas de supermercados ofrecía bebidas retornables en sus sitios web. La norma, recordemos, entró en vigencia en febrero de 2022, y regula la entrega de plásticos de un solo uso y de botellas plásticas. En ella se especifica que todos los supermercados -aquellos que tienen más de tres cajas- deben ofrecer y recibir botellas retornables tanto en sus tiendas físicas como de manera online, cuando la venta de botellas desechables se haga por este medio. El incumplimiento genera una multa que va de 1 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada día en que no haya disponibilidad. 

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“La ley fomentó el uso de la botella retornable porque genera menos desechos plásticos, y en general tiene una menor huella de carbono y un menor gasto energético, y además beneficia al bolsillo de los consumidores”, afirmó Calisto, agregando que “por esto es clave que los supermercados que ya venden botellas desechables en sus canales digitales, pongan a su vez en este canal la botella retornable, considerando que es un mecanismo de venta que viene creciendo fuertemente en el último tiempo”.  

Desde la organización ambiental destacan que una botella retornable de plástico se puede reutilizar entre 15 y 20 veces, mientras que las de vidrio, más de 30, números que justifican la importancia de potenciar la cultura de la retornabilidad ya existente en Chile. De hecho, el país es uno de los líderes en América Latina en el uso de botellas retornables, llegando al 35,7% del mercado, una cifra que aumentaría considerablemente una vez que la ley esté completamente implementada, ya que exigirá que todos los supermercados, almacenes y minimarkets exhiban a la venta al menos un 30% de bebidas en envases retornables.   

Modelo de denuncia ciudadano

Con el objetivo de facilitar la fiscalización que puedan realizar los propios consumidores, Oceana y el Ministerio del Medio Ambiente presentaron un formulario descargable que permitirá a cualquier persona denunciar ante el Juzgado de Policía Local los incumplimientos a la ley de plásticos de un solo uso. En la web de la organización existe, además, un instructivo paso a paso sobre cómo presentar la demanda, proceso para el cual no se necesita representación de abogados.  

Cabe recordar que la ley es progresiva y, además de las obligaciones en retornabilidad, ya se prohíbe a todos los locales de expendio de alimentos del país ofrecer cucharas, cuchillos, tenedores, bombillas, revolvedores y palillos de plástico de un solo uso, además de cualquier producto de plumavit.  

Luego, en 2024, quedará prohibida la entrega de productos desechables de cualquier material para el consumo que se realice dentro de los establecimientos de expendio de alimentos -restaurantes, cafés, heladerías-, mientras que todos los plásticos quedarán prohibidos cuando se compre para llevar o delivery, a excepción de ciertos productos que deberán ser de plásticos certificados por el Ministerio del Medio Ambiente. Las regulaciones regirán también en las dependencias de organismos públicos. 

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