Corte Suprema confirma multa a Aníbal Mosa, Paul Fontaine y a otro director de Blanco y Negro
Aníbal Mosa sigue sin tener días de tranquilidad en Colo Colo, pues este martes, la Corte Suprema confirmó las multas que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) aplicó contra él y otros directores de Blanco y Negro, por vulnerar deberes fiduciarios.
El fallo se refiere a la sentencia de la Corte de Apelaciones que fue impugnada por ByN, que se refería a las sanciones contra Mosa y los directores Paul Fontaine y Leonardo Battaglia, por la celebración de préstamos con parte relacionada.
“Que lo anterior ha llevado a la construcción de aquello que se ha denominado un ‘derecho-deber’ de los directores de las sociedades anónimas de informarse sobre la marcha social y de los negocios por ella celebrados, prerrogativa consagrada en el artículo 39 de la Ley N°18.046 y que no mira en exclusivo interés de su titular, sino que involucra también la protección del interés social”, comienza el fallo publicado por la web del Poder Judicial.
La resolución agrega “que, a la luz de lo razonado en los motivos anteriores, conforme al citado artículo 147 las operaciones con partes relacionadas se encuentran prohibidas por regla general, a menos que se cumpla con los presupuestos que el mismo precepto indica. En otras palabras, las operaciones con partes relacionadas solamente están permitidas en tanto se observen las condiciones establecidas por la norma, puesto que lo normal es que aquellas no sean ejecutadas, atendido el conflicto de intereses que involucran, el que pudiera traer consigo la posibilidad de que su celebración sea en condiciones desfavorables para el interés social, escenario que la disposición legal y los requisitos habilitantes que establece, busca evitar”.
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El fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema, que está integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales y el abogado integrante Álvaro Quintanilla, prosigue con “cualquiera sea el giro social o la naturaleza del vínculo que configure la relación, el precepto es expreso y no efectúa distinción o exención alguna en virtud de un estado de necesidad social, del modo que expresan los reclamantes”.
Cabe recordar que esta multa del CMF contra Blanco y Negro fue porque su presidente y directores no se abstuvieron de hacer transacciones de acciones de la sociedad, pese a tener información privilegiada en sus calidades de directores de la misma.