Corte Suprema acogió recurso de protección presentado por periodista que fue agredido en Te Deum evangélico
En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado por el periodista que fue agredido mientras realizaba su trabajo en el pasado Te Deum evangélico.
La Tercera Sala del máximo tribunal del país revocó la sentencia apelada que no dio lugar a la acción requerida por el por profesional de la radio Bío Bío, quien fue golpeado cuando intentaba obtener declaraciones del obispo Eduardo Durán.
El fallo se ampara en una serie de instrumentos internacionales que defienden el derecho a la libertad de expresión y de información. En este sentido, los jueces señalaron que los hechos ocurridos en la Catedral Evangélica de Santiago "constituyen una perturbación de la libertad de emitir opinión e informar sin censura previa, garantizada en el numeral 12 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental, por cuanto ciertamente de esta manera se impidió en definitiva al periodista obtener la información que buscaba por medios lícitos, de modo de poder trabajar con ella y difundirla posteriormente".
Además, la resolución de la justicia señala que "se tendrá por establecido para los efectos del presente recurso de protección que los hechos denunciados en el libelo ocurrieron dentro de la esfera de organización que dirige el mencionado obispo; por lo cual, como medida cautelar, esta Corte acogerá la presente acción constitucional sólo en cuanto se dirige en contra de los señores Eduardo Durán y de José Ancán, del modo que se dirá en lo resolutivo y la rechazará respecto de la Primera Iglesia Metodista Pentecostal".
Por último, informaron que se revoca la sentencia en alzada del pasado 6 de diciembre y en su lugar se acoge el recurso de protección a favor de Óscar Cáceres González, señalando que tanto Durán como José Ancán "deberán abstenerse en lo sucesivo de impedir el trabajo periodístico mediante actos violentos como el ocurrido el día 16 de septiembre de 2018".