Actuar ilegal y vejatorio: Condenan al Estado a indemnizar a víctima de Villa Grimaldi

Actuar ilegal y vejatorio: Condenan al Estado a indemnizar a víctima de Villa Grimaldi

Por: El Desconcierto | 11.03.2019
El Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Santiago estableció la responsabilidad del fisco por el actuar ilegal de agentes estatales en contra del demandante, quien fue víctima de un crimen de lesa humanidad.

El Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado a pagar una indemnización de cien millones de pesos a Gregorio César Navarrete Cid, detenido el 6 de enero de 1976 y sometido a vejámenes y torturas en el centro de detención clandestino de Villa Grimaldi.

La magistrada Juana Álvarez Arenas estableció la responsabilidad del fisco por el actuar ilegal de agentes estatales en contra del demandante, quien fue víctima de un crimen de lesa humanidad.

La resolución indica que "teniendo claro que la presente acción civil deriva justamente de hechos tipificados como crímenes de lesa humanidad los cuales no prescriben, resultaría incoherente entender que nuestra acción en estudio sí está sujeta a normas de prescripción, siendo contrario ello a los principios del Derecho Internacional que establecen la obligación permanente del Estado de reparar a las víctimas de estos crímenes considerados de los más atroces (...)".

Además, el fallo agrega que "la detención ilegal y tortura a las que fue sometido el demandante, ocurridas en un contexto excepcional, constituyen en el hecho actividades ilegítimas llevadas a cabo en forma extrajudicial, al margen de la juridicidad, por ende, se trata de un crimen de lesa humanidad, que de acuerdo al Derecho Internacional a través de normas de Ius Congens, del Derecho Consuetudinario y Derecho Convencional donde se ha declarado su imprescriptibilidad, sin distinción alguna de si ello alude a las acciones penales y civiles, sin que pueda estimarse dicha omisión como suficiente para interpretar dicho cuerpo normativo en contra de sus beneficiarios naturales, lo que no sería sino contrariar su historia fidedigna".

El tribunal llegó a la conclusión de que los daños ocasionados a Navarrete le produjeron un daño psicológico severo, ocurridos entre enero y noviembre de 1976, debiendo el Fisco pagarle una indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual por daño moral.