Caso Luchsinger Mackay: Corte Suprema ordena a Fiscalía no interferir con trabajo de abogados defensores y atenerse a la ley

Caso Luchsinger Mackay: Corte Suprema ordena a Fiscalía no interferir con trabajo de abogados defensores y atenerse a la ley

Por: El Desconcierto | 21.10.2016
El mes pasado los defensores penales de un comunero mapuche acusaron seguimientos y hostigamiento policial.

Luego de que el pasado 22 de septiembre los abogados defensores de Luis Tralcal en el caso Luchsinger Mackay interpusieran una acción legal planteando que eran víctimas de seguimientos por parte de la policía, el día de ayer el máximo tribunal rechazó el amparo, también “ordenó al Ministerio Público y las policías evitar interferir en la labor de los profesionales”, según se informó en un comunicado de prensa del Poder Judicial.

“Aquí hay dos personas que han sido hostigadas, seguidas, fotografiadas, y ambos son abogados en una causa, se pueden sacar miles de conclusiones. Lo que yo creo es en hechos objetivos y estos son que tanto Carabineros como la PDI han dicho que ellos no han ejecutado esas acciones, pero hay pruebas que adjuntamos en el recurso de amparo donde se puede observar que hay funcionarios policiales sacando fotografías y siguiendo. ¿Por qué la Fiscalía dice que están investigando y Carabineros y la PDI dicen que no? Me parece a mi que esto excede las atribuciones que tiene el Ministerio Público para hacer su trabajo. Eventualmente la Corte Suprema se tendrá que pronunciar en ese sentido”, declaró el mes pasado el abogado de los defensores del Centro de Investigación y Defensa Sur, CIDSUR, a El Desconcierto. 

 

"El Ministerio Público tendrá, en lo sucesivo, especial cuidado de no afectar el libre ejercicio de la profesión de abogado de los recurrentes con motivo de las investigaciones iniciadas para indagar la existencia de eventuales hechos punibles, debiendo las policías adecuar su actuación a la ley y a las instrucciones específicas entregadas por la autoridad competente, de modo de no coartar el desempeño de los amparados, lo que en la especie no se ha cumplido, toda vez que no se ha discutido la presencia de personal de la Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile en los espacios en que se desenvuelven abogados, generando perturbación en su normal desempeño", se lee en el fallo del máximo tribunal.