Ex gerente general de SQM queda con arresto domiciliario y admite financiamiento de campañas
Este jueves la jueza Ely Rotheld resolvió dictar arresto domiciliario y arraigo nacional para el ex gerente general de SQM, Patricio Contesse, durante su audiencia de formalización, en lo que constituye un revés para la Fiscalía que pedía prisión preventiva.
“Resulta que no se configuran –señaló la jueza– los estándares de necesidad de cautela que justifiquen decretar la prisión preventiva por los señores fiscales o la querellante. Por falta de necesidad, por falta de proporcionalidad con la pena posible, por no existir fundado temor de fuga”.
“Siendo la prisión preventiva la medida cautelar de mayor entidad, por los fundamentos expuestos y en consonancia con lo manifestado por la defensa, se estima satisfacen la necesidad de cautela las cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional”, agregó.
Además de Contesse, que articuló la operación que intentó bloquear el acceso de la Fiscalía a la información contable de la minera entre los años 2009 y 2014, comparecieron como imputados el abogado Roberto Guzmán Lyon y el ejecutivo Luis Saldías Varas.
Para Guzmán y Saldías se dictaminó arresto domiciliario parcial entre las 22 y las 6 horas, y arraigo nacional mientras dure la investigación. Se les acusa de la utilización de documentos tributarios falsos asociados delitos tributarios.
La audiencia pudo ser transmitida por el canal online del Poder Judicial y diversos medios de comunicación, luego de que la jueza Ely Rotheld considerara “educativo e ilustrativo” dar a conocer a la ciudadanía la información del caso.
En su imputación la Fisaclía incorporó 891 boletas y 222 facturas, por un total de 5 mil 430 millones de pesos, exhibiendo como pruebas las boletas falsas ligadas a la empresa Ventus Consulting de los hijos del senador y presidente de la DC Jorge Pizarro, Jorge y Sebastián, a Bancorp, vinculada a Sebastián Piñera, y otras correspondientes a los hijos del ex senador UDI Pablo Longueira.
El Ministerio Público acusa a Patricio Contesse de autorizar estos pagos, no estando éstos asociados a servicios efectivamente prestados.
El abogado defensor de Contesse, Samuel Donoso, que en medio de este caso renunció al PPD, argumentó que “podrá configurarse la intención de financiar campañas políticas, pero no la malicia de evadir impuestos. En el caso de los eventuales delitos de financiamiento de partidos, esa conducta está prescrita”, citando el artículo 54 de la ley electoral.