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Judicial

Vecinos cerraron acceso con portón tras incendio en Penco y dejaron a 3 familias sin paso: Corte ordena despejarlo

La Corte de Apelaciones ordenó reabrir acceso cerrado en Penco tras instalación de portón que impedía tránsito a viviendas afectadas por incendio.

Por Horacio Gutiérrez Areyte 21 de abril de 2026 - 18:00

Familias que vivían en un predio en Penco quedaron sin acceso a sus viviendas luego de que se instalara un portón que bloqueó el paso que utilizaban hace años. La Corte de Apelaciones de Concepción revisó el caso y ordenó reabrir el acceso, al considerar ilegal la medida adoptada.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el cierre ocurrió el 15 de febrero de 2026, cuando los recurridos instalaron un portón metálico y planchas que impidieron completamente el tránsito hacia tres viviendas ubicadas al interior del terreno.

Esta situación afectó especialmente a las familias, cuyas casas habían sido destruidas semanas antes por un incendio y se encontraban en proceso de reconstrucción.

Según los antecedentes, el acceso había sido utilizado durante años de forma continua, pacífica y tolerada, lo que configuraba una situación de hecho consolidada.

Sin embargo, con la instalación de estas estructuras, se impidió el ingreso de personas, materiales de construcción y ayuda para las familias.

Los recurridos argumentaron que no existía una servidumbre legalmente constituida y que, como propietarios, tenían derecho a cerrar el terreno. También señalaron que existía un acceso alternativo.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

Pese a ello, la Corte concluyó que el cierre fue arbitrario e ilegal, indicando que se trató de una forma de autotutela, es decir, una acción tomada por cuenta propia sin recurrir a tribunales.

El fallo enfatizó que este tipo de conflictos deben resolverse en la justicia y no mediante medidas de hecho.

El tribunal determinó que la medida vulneró el derecho de propiedad de las familias, al impedir el uso y acceso a sus viviendas, agravando su situación tras el incendio.

Por ello, se acogió el recurso de protección y se ordenó retirar, en un plazo de cinco días, el portón y cualquier otro obstáculo instalado, además de mantener el acceso libre de forma permanente.

Asimismo, se estableció que durante seis meses las partes no podrán ejecutar acciones que vuelvan a bloquear el paso, debiendo resolver el conflicto a través de los tribunales civiles correspondientes.

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