Familias que vivían en un predio en Penco quedaron sin acceso a sus viviendas luego de que se instalara un portón que bloqueó el paso que utilizaban hace años. La Corte de Apelaciones de Concepción revisó el caso y ordenó reabrir el acceso, al considerar ilegal la medida adoptada.
Vecinos cerraron acceso con portón tras incendio en Penco y dejaron a 3 familias sin paso: Corte ordena despejarlo
La Corte de Apelaciones ordenó reabrir acceso cerrado en Penco tras instalación de portón que impedía tránsito a viviendas afectadas por incendio.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el cierre ocurrió el 15 de febrero de 2026, cuando los recurridos instalaron un portón metálico y planchas que impidieron completamente el tránsito hacia tres viviendas ubicadas al interior del terreno.
Esta situación afectó especialmente a las familias, cuyas casas habían sido destruidas semanas antes por un incendio y se encontraban en proceso de reconstrucción.
Según los antecedentes, el acceso había sido utilizado durante años de forma continua, pacífica y tolerada, lo que configuraba una situación de hecho consolidada.
Sin embargo, con la instalación de estas estructuras, se impidió el ingreso de personas, materiales de construcción y ayuda para las familias.
Los recurridos argumentaron que no existía una servidumbre legalmente constituida y que, como propietarios, tenían derecho a cerrar el terreno. También señalaron que existía un acceso alternativo.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
Pese a ello, la Corte concluyó que el cierre fue arbitrario e ilegal, indicando que se trató de una forma de autotutela, es decir, una acción tomada por cuenta propia sin recurrir a tribunales.
El fallo enfatizó que este tipo de conflictos deben resolverse en la justicia y no mediante medidas de hecho.
El tribunal determinó que la medida vulneró el derecho de propiedad de las familias, al impedir el uso y acceso a sus viviendas, agravando su situación tras el incendio.
Por ello, se acogió el recurso de protección y se ordenó retirar, en un plazo de cinco días, el portón y cualquier otro obstáculo instalado, además de mantener el acceso libre de forma permanente.
Asimismo, se estableció que durante seis meses las partes no podrán ejecutar acciones que vuelvan a bloquear el paso, debiendo resolver el conflicto a través de los tribunales civiles correspondientes.