miércoles 15 de julio de 2026
Judicial

Serviu le quitó departamento por no habitarlo y fue a juicio para evitar devolverlo: Suprema rechazó y deberá restituirlo

La Corte Suprema confirmó que Serviu puede recuperar un departamento al rechazar el último recurso presentado contra la orden de restitución del inmueble.

15 de julio de 2026 - 18:00

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto comenzó luego de que el Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de Arica y Parinacota realizara distintas verificaciones en el departamento asignado a la beneficiaria del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.

Según los antecedentes, funcionarios concurrieron en diversas fechas y horarios, sin encontrarla residiendo en el inmueble, pese a que la normativa obliga a habitar la vivienda durante cinco años.

Tras esas inspecciones, el Serviu dictó una resolución administrativa que la excluyó de la nómina de beneficiarios del programa habitacional y ordenó la restitución del departamento. Posteriormente, el organismo presentó una demanda reivindicatoria para recuperar la propiedad.

El Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Arica acogió la demanda. El tribunal declaró que el Serviu era el propietario del inmueble, estableció que la demandada mantenía la posesión del departamento y ordenó su restitución dentro de un plazo de diez días una vez que la sentencia quedara firme.

Además, dejó para la etapa de cumplimiento del fallo la discusión sobre eventuales deterioros y frutos del inmueble.

El caso llegó a la Corte de Apelaciones

La afectada recurrió a la Corte de Apelaciones de Arica, argumentando que existían errores en la individualización del departamento y cuestionando el procedimiento administrativo mediante el cual había sido excluida del beneficio habitacional.

Sin embargo, el tribunal de alzada rechazó tanto el recurso de casación en la forma como la apelación y confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia.

¿Qué decidió la Corte Suprema?

Posteriormente, presentó recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema. Entre otros argumentos, sostuvo que el inmueble reivindicado no estaba correctamente identificado y que el Serviu no había acreditado debidamente su dominio.

La Tercera Sala del máximo tribunal descartó esas alegaciones. La sentencia concluyó que los cuestionamientos apuntaban a la valoración de la prueba realizada por los jueces de la instancia, materia que no puede revisarse mediante un recurso de casación cuando no existe infracción a las normas reguladoras de la prueba.

De esta forma, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo, dejando firme lo resuelto previamente por la Corte de Apelaciones de Arica y el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Arica.

En consecuencia, se mantiene la orden de restituir al Serviu el departamento del Conjunto Habitacional Sueños del Alto.

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Corte de Apelaciones de San Miguel / Poder Judicial

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